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Estado de excepción: Qué implica la libertad de reunión y el derecho a la inviolabilidad de domicilio

Los motivos se apegan al respeto de las demás garantías constitucionales.

El presidente Daniel Noboa anunció un estado de excepción en todo el territorio nacional, el cual incluye un toque de 23:00 a 05:00. En el amplio Decreto Ejecutivo Nro. 110 se despliegan 12 artículos y en dos de ellos se detalla qué implica la libertad de reunión y el derecho a la inviolabilidad de domicilio.

Libertad de reunión

El apartado 4 se refiere a suspender -en el territorio nacional- así como al interior de todos los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, el derecho a la libertad de reunión.

Los motivos se deben al estado de excepción, observándose los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, y el estricto apego al respeto de las demás garantías constitucionales.

¿Qué quiere decir esto?

La limitación del derecho a la libertad de reunión de las personas consiste en impedir cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público.

En tal sentido, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas quedan facultadas para impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas al orden público y seguridad ciudadana.

Se limitará la conformación de aglomeraciones y de espacios de reunión al interior de los centros de privación de libertad y en su perímetro exterior y áreas de influencia, durante las 24 horas del día.

Esta medida será aplicada bajo parámetros de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad.

Excepciones

Se exceptúan expresamente las reuniones entre personas privadas de libertad y sus defensores públicos o privados, las cuales podrán tener lugar siguiendo los lineamientos que bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad establezcan la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, en coordinación con el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores.

Derecho a la inviolabilidad de domicilio.

El siguiente artículo se enfoca en suspender, en todo el territorio nacional, el derecho a la inviolabilidad de domicilio.

¿Qué quiere decir esto?

La suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio consistirá en la posibilidad de realizar inspecciones y requisas por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, tendientes al hallazgo de escondites, espacios de almacenamiento de armas y explosivos, así como para desarticular amenazas en curso o futuras.

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