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Asamblea resolverá este 6 de enero ausencia definitiva de Glas y elegirá su reemplazo

Los ojos del país están puestos en lo que sucederá a las 15h15 de este sábado en el Pleno de la Asamblea Nacional, cuando se elija de la terna presentada por el Presidente de la República, Lenín Moreno, a quien reemplace en las funciones de Vicepresidente de la República a Jorge Glas.

El artículo 43 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece de forma detallada los plazos, las razones y la forma cómo se debe elegir al Segundo Mandatario en caso de ausencia definitiva.

En la agenda del Pleno consta como segundo punto el conocimiento del oficio suscrito por el Presidente de la República, en donde está la resolución y elección de la Vicepresidenta Constitucional de la República y como tercer punto se prevé la posesión de la Segunda Mandataria.

El artículo 43 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa sobre la designación de Vicepresidente, prevé que en caso de ausencia definitiva de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República o si éste asume de forma definitiva la Presidencia de la República por cualquiera de las causales previstas en la Constitución de la República y esta Ley, en un plazo de quince días luego de verificada dicha cesación, la Presidenta o Presidente de la República presentará una terna a la Asamblea Nacional.

Según dijo el miércoles pasado el Primer Mandatario, los 90 días que se establece para declarar la ausencia definitiva del Vicepresidente se agotaron. De forma inmediata el Presidente presentó la terna con los nombres de María Alejandra Vicuña, María Fernanda Espinosa y Rosana Alvarado, las tres colaboran con el actual gobierno.

De esa terna, con la mayoría de los votos de los legisladores, se escogerá a la Vicepresidenta.

En caso de que el Pleno de la Asamblea Nacional no designe a la Vicepresidenta en el plazo de quince días desde la presentación de la terna, se declarará, por el ministerio de la Ley, elegida la primera candidata integrante de la terna, quien se posesionará y entrará en ejercicio de sus funciones de forma inmediata y las ejercerá hasta completar el periodo.

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