La Fiscalía General del Estado informó que procesa a Daniel Salcedo por su presunta participación en el ingreso de artículos prohibidos al Centro de Privación de Libertad La Roca, en Guayaquil.
El hecho se habría registrado durante un operativo realizado por el Bloque de Seguridad de las Fuerzas Armadas el sábado 26 de abril de 2025.
Según el parte oficial, durante la intervención militar en la celda número 14, el privado de libertad habría entregado un teléfono celular iPhone de color blanco, objeto que está prohibido en los centros carcelarios.
Esto motivó su aprehensión inmediata y la puesta a órdenes de las autoridades judiciales.
Fiscalía presentó evidencias y se dictó prisión preventiva
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal a cargo presentó como elementos de convicción el parte informativo y las evidencias encontradas dentro de la celda.
Tras analizar el caso, el Juez de Garantías Penales de turno acogió el pedido de la Fiscalía y dictó prisión preventiva en contra del detenido.
La investigación se lleva adelante en el marco del artículo 275 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de ingreso de equipos de comunicación prohibidos en cárceles con una pena de hasta tres años de privación de libertad.
Daniel Salcedo acumula 32 años de cárcel
Daniel Salcedo Bonilla no es un desconocido para la justicia.
En 2021 fue condenado a tres años de prisión tras encontrarse un celular en su celda en la cárcel de Cotopaxi.
Además, registra condenas anteriores por delitos como fraude procesal, lavado de activos dentro del Caso Metástasis y peculado por caso de venta de fundas para cadáver durante la pandemia; acumulando un total de 32 años de pena privativa de libertad.
Este nuevo proceso se suma a su historial delictivo y pone en evidencia las fallas en el control de objetos prohibidos dentro de los centros penitenciarios del país.
Ingreso de objetos prohibidos: un delito penado
El ingreso de teléfonos celulares y otros equipos de comunicación a los centros de rehabilitación social es un delito grave.
El COIP en su artículo 275 establece sanciones para quienes ingresen, utilicen o permitan el uso de estos artículos en las cárceles, buscando combatir las redes de crimen organizado que operan desde el interior de los recintos penitenciarios.