Durante el feriado de Semana Santa 2025, que comenzó el jueves 17 de abril, hubo ciudadanos que eligieron cruzar la frontera hacia Colombia por el puente de Rumichaca. El principal atractivo para estos viajeros fue la marcada devaluación del peso colombiano, que se cotizó alrededor de 4.345,3 pesos por dólar. Este tipo de cambio convirtie al vecino país en un destino atractivo tanto para el turismo como para las compras durante el asueto.
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Quienes aprovecharon la sustancial diferencia cambiaria para adquirir productos a precios más accesibles deben estar informados sobre los artículos que están exentos de impuestos al momento de ingresar nuevamente a territorio ecuatoriano. Estas regulaciones son establecidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae):
Lista de artículos que se puede traer de Colombia sin pagar impuestos
- Prendas de vestir
- Artículos de tocador
- Elementos de aseo personal
- Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales,
- Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos,
- Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío que acompañen al viajero y su grupo familiar, en cantidades no comerciales,
- Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero,
- Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero, que sean portátiles y de fácil transportación por parte del viajero, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral,
- Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares,
- Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica,
- Ayudas técnicas para los viajeros con capacidades especiales, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos y similares,
- Un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa, que porten consigo los viajeros;
- Equipo de acampar,
- Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje,
- Unidades de almacenamiento de video, música o datos,
- Máximo dos animales domésticos vivos como mascota,
- Máximo dos instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios,
- Artículos deportivos y sus accesorios,
- Juguetes y sus accesorios,
- En caso de viajeros mayores de 18 años de edad, máximo tres cajetillas de cigarrillos,
- Utensilios de cocina, siempre y cuando no sean eléctricos, que puedan ser transportados por una persona,
- Máximo tres aparatos de cocina eléctricos portátiles y,
- Instrumentos portátiles utilizados para jardinería
Lista de restricciones
Está prohibido ingresar por vía terrestre ciertos artículos, como:
- Televisores.
- Impresoras.
El valor total de los bienes no debe superar los USD 2.000. En caso de exceder ese monto, se deberán pagar tributos y presentar una Declaración Aduanera Simplificada.