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¿Cómo es el proceso para sancionados por fotografiar el voto en Ecuador?

Así puedes impugnar

Cuenca
Elecciones 2025 en Ecuador Elecciones en Cuenca se desarrollan con normalidad, de acuerdo al CNE Azuay (Cortesía)

El Consejo Nacional Electoral (CNE) comenzó el proceso de tramitación de boletas de sanción electoral contra los ciudadanos que fotografiaron su voto durante la segunda vuelta presidencial del domingo 13 de abril de 2025.

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Según el reporte oficial, 71 personas infringieron la norma electoral, lo que constituye una violación directa al secreto del sufragio.

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Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) emitieron boletas por presunto cometimiento de infracción electoral, las cuales contienen un informe detallado del hecho.

En estos documentos constan los datos del votante: nombres, apellidos, número de cédula, número de mesa y recinto electoral donde se registró la infracción.

Elecciones 2025.
Elecciones 2025. (Photo By Matias Chiofalo/Europa Press via Getty Images) (Europa Press News/Europa Press via Getty Images)

Cada persona sancionada recibió una copia de la boleta, mientras que la original fue entregada a la Dirección de la Junta Electoral Provincial correspondiente, para su validación. El siguiente paso es la revisión legal de estos casos.

Sanciones por fotografiar el voto: multas y pérdida de derechos políticos

Las sanciones por infringir el secreto del voto pueden incluir una multa económica que va desde USD 9.800 hasta USD 32.900, además de la posible pérdida de derechos políticos, según lo estipulado en la legislación electoral vigente.

El área jurídica del Consejo Nacional Electoral es la encargada de verificar que cada expediente contenga todos los elementos probatorios, como las firmas de responsabilidad de los vocales de mesa, y que los datos del sancionado estén completos y correctos.

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¿Cómo impugnar una sanción electoral en Ecuador?

Una vez validados los documentos, el CNE remitirá los expedientes al Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

Esta entidad abrirá una fase de notificación al infractor y contará con un plazo de siete días para aplicar la sanción correspondiente.

De acuerdo con el Reglamento de Trámite Contencioso Electoral, el ciudadano notificado tiene derecho a impugnar la sanción y presentar sus alegatos de defensa.

Luego de este proceso, el TCE dispone de cinco días para confirmar, modificar o anular la sanción y emitir una resolución definitiva.

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