A horas de las elecciones presidenciales, el Gobierno Nacional ha decretado un nuevo estado de excepción en siete provincias, dos cantones y en todo el sistema penitenciario del país. Esta medida se toma como respuesta al incremento de la violencia, delitos y acciones de grupos armados organizados.
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Provincias y cantones bajo estado de excepción en Ecuador
El estado de excepción rige en las siguientes provincias:
- Guayas
- Los Ríos
- Manabí
- Orellana
- Santa Elena
- El Oro
- Sucumbíos
Además, se incluye el Distrito Metropolitano de Quito (provincia de Pichincha) y el cantón Camilo Ponce Enríquez (provincia de Azuay).
Motivos del decreto presidencial
Según el decreto emitido por la Presidencia, el estado de excepción se fundamenta en el aumento de la violencia y el nivel de organización de los grupos delictivos en estas jurisdicciones. Esta decisión da continuidad al decreto previo vigente desde marzo de 2025, que ya había declarado estado de excepción por 30 días en varias de estas provincias debido a una grave conmoción interna.
Duración y restricciones del estado de excepción
El nuevo estado de excepción en Ecuador tendrá una duración de 60 días y contempla la restricción de tránsito (toque de queda) desde las 22:00 hasta las 05:00, aplicable en 22 cantones del país.
Cantones con toque de queda en Ecuador
- Azuay: Camilo Ponce Enríquez
- Guayas: Durán, Balao, Parroquia Tenguel
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Puebloviejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma, Montalvo
- Orellana: Joya de los Sachas, Puerto Francisco de Orellana, Loreto
- Sucumbíos: Shushufindi, Lago Agrio
Las personas que circulen durante el horario de restricción serán detenidas y puestas a órdenes de las autoridades competentes.
Derechos suspendidos durante el estado de excepción
Durante la vigencia del estado de excepción, se suspenden derechos constitucionales en las zonas afectadas:
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- Inviolabilidad del domicilio: Se autoriza a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional a realizar allanamientos, inspecciones y requisas para ubicar a miembros de grupos armados.
- Inviolabilidad de correspondencia: Se podrá revisar correspondencia física o digital si se justifica por motivos de seguridad.
- Libertad de reunión: Las aglomeraciones podrán ser restringidas si representan un riesgo para el orden público.
Estas medidas se ejecutan en observancia de los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, respetando las garantías constitucionales en el contexto del estado de excepción.