La Fiscalía General del Estado informó que Esteban Andrés I. fue sentenciado a diez años de privación de libertad por la tentativa de femicidio de su conviviente, una mujer de 28 años en Cuenca. Además, deberá pagar USD 4.000 dólares como reparación económica a la víctima, según lo dispuso el Tribunal Penal de Azuay con base en las pruebas presentadas por Fiscalía.
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El 17 de marzo de 2024, según la Fiscalía, agentes de la Policía acudieron a un domicilio en Cuenca tras una alerta del ECU 9-1-1. Al llegar, fueron recibidos por Esteban Andrés I., quien les indicó que su pareja estaba herida.
De acuerdo con el Ministerio Público, dentro del inmueble, los policías encontraron un cuchillo con manchas de sangre en el suelo y a la víctima acostada en una cama. Antes de ser trasladada al hospital, la joven declaró que su conviviente la había apuñalado en la espalda.
El agresor fue detenido en el lugar, pues además vestía una camiseta blanca manchada con sangre.
Durante la audiencia, el Fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género 2 demostró que la víctima sufrió una herida que puso en riesgo su vida y requirió cirugía, con base en el testimonio del médico legista. Una perita en psicología detalló que la mujer vivió en un círculo de violencia, caracterizado por agresiones físicas y psicológicas, control y celos. También concluyó que presenta trastornos de ansiedad y depresión como consecuencia de los hechos.
Según Fiscalía, el análisis de ADN confirmó que el cuchillo tenía rastros genéticos tanto del agresor como de la víctima.
La defensa de Esteban Andrés I. intentó justificar el ataque argumentando que ‒en el testimonio anticipado‒ la víctima relató que ella tomó el cuchillo primero y que ambos resultaron heridos en un forcejeo.
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Sin embargo, el Tribunal determinó que las declaraciones iniciales de la mujer a la Policía y a los peritos eran creíbles. De acuerdo con Fiscalía, ella señaló que fue Esteban Andrés I. quien le ocasionó la herida. También consideró que, en su testimonio anticipado, intentó proteger a su agresor, lo que ‒según la psicóloga del caso‒ es común en víctimas de violencia basada en género.
El femicidio está tipificado y sancionado en los artículos 141 y 142 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con una pena de veintidós a veintiséis años. En casos de tentativa, el artículo 39 del COIP establece que la sanción será de uno a dos tercios de la pena original.