Las juntas receptoras del voto se cerraron este domingo 09 de febrero a las 17:00. Según el CNE, se apuntó que alrededor del 83,38% de los votantes acudieron a las urnas para cumplir con su derecho ciudadano.
¿Qué pasa con la gente que no votó?
En Ecuador, el voto es obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 65 años de edad. El sufragio solo es facultativo para los adultos mayores, los adolescentes de 16 años y migrantes.
Se apunta que las personas que no acudieron a votar, a pesar que exista una segunda vuelta, sí serán sancionados con una multa. De igual manera, pueden incurrir en multas los miembros de juntas del voto que no participen.
La multa por no acudir a votar asciende al 10% de un salario básico unificado (SBU): 47 dólares
En el caso de no concurrir a integrar las juntas receptoras del voto, la ley electoral prevé una sanción con el 15% SBU (USD 70,50). Y otros USD 47 (10% SBU) si tampoco acudió a la capacitación.
La sanción es más fuerte si el integrante de una mesa abandona, sin justificación, el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales pertinentes. En este caso, deberá pagar de 11 a 20 SBU, lo que equivale desde los USD 5.170 hasta los USD 9.400.