Entre el 10 y el 28 de febrero de 2025, las personas naturales que hayan tenido ingresos superiores a USD 991,8 al mes o USD 11.902 anuales en 2024 y hayan utilizado sus gastos personales para reducir el pago del Impuesto a la Renta, deberán presentar el Anexo de Gastos Personales al Servicio de Rentas Internas (SRI).
PUBLICIDAD
El Anexo de Gastos Personales debe llenarse en el sitio web ‘SRI en línea’ y presentarse en febrero de 2025, de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC. A continuación te presentamos el calendario:
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 1. Fecha de vencimiento: 10 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 2. Fecha de vencimiento: 12 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 3. Fecha de vencimiento: 14 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 4. Fecha de vencimiento: 17 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 5. Fecha de vencimiento: 18 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 6. Fecha de vencimiento: 20 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 7. Fecha de vencimiento: 24 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 8. Fecha de vencimiento: 24 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 9. Fecha de vencimiento: 26 de febrero.
- Noveno dígito de la cédula o RUC: 0. Fecha de vencimiento: 28 de febrero.
¿Cómo y dónde realizar el trámite?
El trámite debe completarse a través del portal en línea del SRI. Sigue estos pasos:
- Ingresa al portal transaccional del SRI.
- Selecciona: Anexos → Anexo de gastos personales en línea → Generación de anexo.
- Completa la información requerida y envía el formulario antes de la fecha establecida.
Límites y montos para la deducción
Para este año, el monto máximo deducible será el menor entre los gastos declarados por el contribuyente y el valor de la canasta familiar básica (CFB), determinado por el número de cargas familiares. Por ejemplo:
Gastos personales deducibles
Los gastos personales que pueden ser considerados en el anexo incluyen:
- Educación.
- Alimentación.
- Vestimenta.
- Salud (incluidos gastos relacionados con mascotas).
- Vivienda.
- Turismo, arte y cultura.
Cargas familiares
Se consideran cargas familiares a:
- Padres.
- Cónyuge o pareja en unión de hecho.
- Hijos hasta los 21 años o de cualquier edad si tienen discapacidad, siempre que dependan completamente del contribuyente y no tengan ingresos gravados superiores a un Salario Básico Unificado (2024: USD 460).