Todo está prácticamente para el debate presidencial 2025 que organiza el Consejo Nacional Electoral (CNE), el cual es de carácter obligatorio para los 16 candidatos, de cara a los comicios del próximo 9 de febrero.
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La cita es a las 19:00 y realizará en el set de televisión de Ecuador TV, será transmitido por cadena nacional. A esa hora se dará inicio al primer grupo de ocho candidatos que fueron seleccionados al azar.
Mientras que a las 20:30 arranca el segundo grupo, igualmente de ocho candidatos y elegidos de forma aleatoria.
En el primer grupo estará el presidente Daniel Noboa, mientras que en el segundo grupo está la candidata del correísmo, Luisa González. Es decir, no debatirán.
- Dónde ver el debate: En el canal de YouTube del CNE.
- A qué hora: a las 19:00 (hora Ecuador).
- Canales de transmisión: Será transmitido en cadena nacional.
Ejes temáticos
Los ejes temáticos de los que hablarán los candidatos presidenciales son:
- Seguridad y prevención del crimen.
- Eficiencia del Estado y servicios públicos.
- Crecimiento económico y generación de empleo
Primer grupo
En el primer grupo del debate presidencial, los candidatos se presentarán desde las 19:00 a 20:30. Los integrantes son:
- Atril 1: Henry Cucalón.
- Atril 2: Jimmy Jairala.
- Atril 3: Franchesco Tabacchi.
- Atri 4: Jorge Escala.
- Atril 5: Henry Kronfle.
- Atril 6: Luis Tilleria.
- Atril 7: Juan Iván Cueva.
- Atril 8: Daniel Noboa.
Segundo grupo
El segundo grupo de candidatos también quedó conformado, y hablarán a partir de las 20:30 a 22:00. El atril que usarán es el siguiente:
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- Atril 1: Enrique Gómez.
- Atril 2: Luisa González.
- Atril 3: Carlos Rabascall.
- Atril 4: Andrea González.
- Atril 5: Pedro Granja.
- Atril 6: Iván Saquicela
- Atril 7: Leonidas Iza.
- Atril 8: Víctor Araus.
Multa por no asistir
Según el artículo 279 del Código de la Democracia, el candidato que no asista al debate presidencial del CNE incurre en una infracción electoral muy grave. Por tanto, será sancionadas con multa desde 21 salarios básicos unificados (USD 9.870) hasta 70 salarios básicos unificados (USD 32.900).
Igualmente, será destituido y enfrentará la suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años. Esta es una conducta que se específica en el inciso 11 del articulado. “En el juzgamiento de esta infracción no se admitirá fuero alguno”, sostiene el cuerpo legal.
Igualmente se sostiene que si se impone la sanción de suspensión de derechos de participación o destitución, el Tribunal Contencioso Electoral notificará a la Autoridad de Relaciones Laborales.