El 2025 arranca con un feriado largo por Año nuevo, que va del 1 al 5 de enero, así lo dispuso el Gobierno mediante Decreto Ejecutivo. No obstante, esto es lo que debes tomar en cuenta si trabajas en los días de asueto.
De acuerdo con el calendario de feriados, el 1 de enero cae miércoles fecha que no se traslada como se establece en la Ley y como sucede con otros días de asueto.
En el Decreto 474 se establece que también son días de feriado el jueves 2 y el viernes 3 de enero, de carácter nacional y no recuperables. Se suman al sábado 4 y domingo 5 de enero de 2025.
Son cinco días de asueto que aplica para el sector público y privado, “con el propósito de incorporarlos al descanso de Año Nuevo”, dice un comunicado.
Si trabajas ese feriado, debes recibir un pago por las horas laboradas.
Cuánto te deben pagar
Por consiguiente, si un trabajador presta sus servicios en esas fechas, tiene derecho a un recargo del 100 %. Quiere decir que tiene que cobrar el doble del valor por hora del salario, ya que el trabajo realizado en feriados se considera extraordinario.
Ello se sustenta con el artículo 55 del Código del Trabajo. Se destaca la remuneración por horas suplementarias y extraordinarias: días francos o feriados, se cancelan al 100 %. Por tanto te cancelarán el doble por cada hora laborada.
¿Cómo calcularlo?
Si ganas un salario básico mensual, por una jornada diurna de 8 horas, con 5 días de trabajo a la semana, puedes aplicar la siguiente fórmula:
Tu sueldo debes dividirlo para 30, que corresponde a los días del mes y el resultado es el valor que ganas por día. Esa cifra la divides entre ocho y el resultado es lo que ganas por hora.
Una vez claro el precio de tu hora de trabajo, según tu sueldo, ello lo debes multiplicar por 2 que es el recargo y luego lo multiplicar por las horas que vayas a trabajar, sea una, dos, cuatro, cinco, u ocho.
Aquí te dejamos un ejemplo, tomando como referencia el nuevo Salario Básico Unificado (SBU) que rige desde el 1 de enero de 2025, el cual se estableció en USD 470.
Ejemplo:
- USD 470 (salario básico 2025) ÷ 30 días = USD 15.66 (Lo que te pagan por día).
- USD 15,66 ÷ 8 días = USD 1,95 (pago por hora).
- USD 1,95 x 2 (recargo) = USD 3,91 (es el 100% del recargo por hora).
- USD 3,91 x 8 (horas) = USD 31.33 (lo que le deben pagar por el día trabajado en el feriado).
Año Nuevo es el primero de 10 feriados nacionales que tiene Ecuador en 2025, según el calendario del Ministerio de Turismo.