Tras ser aprobado el proyecto en la Asamblea Nacional, en el Registro Oficial ya fue publicada la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, enviada por el presidente Daniel Noboa con el carácter de urgente en materia económica.
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El estatuto legal tiene como objeto generar alivios financieros a personas naturales y jurídicas ante la situación derivada por los racionamientos de energía. Esta mitigación, según se detalla en el documento, se implementará a través de incentivos monetarios para un inmediato progreso económico, mayor inserción laboral y estimulación del emprendimiento para el desarrollo económico del país.
Entre las medidas que se aplicarán como alivios, para enfrentar las consecuencias de los racionamientos energéticos, están la suspensión temporal de los procedimientos de coactiva desde noviembre de 2024 hasta febrero de 2025. También, se agilizará el pago del seguro de desempleo para aquellos que pierdan su empleo entre noviembre de 2024 y febrero de 2025.
Igualmente se señala que, de forma temporal y mientras esté vigente la declaratoria de emergencia del sector eléctrico nacional, no se incrementará el costo de arriendos. Recordemos que fue el 15 de agosto de 2024 que el Ministerio de Energía y Minas emitió el Acuerdo Ministerial en el cual declara la emergencia en el sector eléctrico de Ecuador, una vez que inició el estiaje.

“De forma temporal y mientras permanezca vigente la declaratoria de emergencia del sector eléctrico nacional, se suspenderá la aplicación de cláusulas de incremento automático en la renovación de contratos de arrendamiento”, se lee en la referida Ley. Se añade que la suspensión aplicará a la firma de nuevos contratos de arrendamiento sobre el mismo bien, así como para contratos entre privados y contratos entre privados con el Estado.
Metro Ecuador conversó con el Experto Legislativo, Marco De La Cruz, quien fragmentó que las medidas de alivio financiero de este cuerpo legal fueron recolectadas por las diversas bancadas de la Asamblea Nacional. Hizo hincapié en que la temporalidad de la misma es únicamente lo que dure la declaratoria de emergencia eléctrica.
“Por ese tiempo funcionará la suspensión de aumentar los cánones de arrendamiento, al momento que se renueven contratos (...) se aplicará (igualmente) la suspensión a la aplicación de cláusulas de incremento automático en la renovación de contratos de arrendamiento”, dijo De La Cruz.
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Rememoró que al momento en que suscribe un contrato de arrendamiento, generalmente existe una cláusula en la que se dice que “se podrá renovar el presente contrato, previo al ajuste o reajuste en el valor del canon de arrendamiento conforme a la realidad en la que se encuentre el país en ese año (...) Pero generalmente se escribe que se podrá renovar el contrato, pero reajustando el valor del canon de arrendamiento”.
Prosigue con que esa cláusula, de reajustar automáticamente el valor del arriendo cuando se renueven los contratos, queda suspendida, en todos los contratos que se firmen. Bien sea entre privados, ó privados con el sector público.
Ejemplo
Si su contrato se vencía el 31 de octubre de 2024, y en febrero de 2025 se declara fin de la emergencia eléctrica ¿automáticamente pueden aumentar el costo del arriendo?
El experto fue enfático con que la Ley de Alivio financiero “rige únicamente para lo venidero. Es decir: si la ley se publicó en diciembre, solo aplica para aquellos contratos que se renueven desde diciembre”. Ello implica que -respondiendo a la interrogante de arriba- si el contrato se vencía en octubre de 2024 (dos meses antes de aprobarse la Ley) en noviembre debería haberse renovado el contrato de arriendo.
“En ese caso, entendería que se reajustó el canon de arriendo, cuando la Ley no existía. En cambio, para todos aquellos contratos que terminen en diciembre, en enero o febrero y que ameritan renovarse, no se podrá subir el valor del arriendo”, agregó.
Otra acción que pone sobre la mesa el también abogado es que si la Ley fue publicada en diciembre, el contrato de arrendamiento se renueva ese mismo mes, y en marzo de 2025 finaliza la emergencia eléctrica, ¿pueden aumentar el costo del arriendo?
“No, no funciona así. Recuerda que la renovación de un contrato surte efecto con todas sus cláusulas. En el contrato se estipula el valor especificado del canon de arrendamiento, sin subirse (...) no pueden hacerlo de manera arbitraria. Pero, sí la próxima vez que se renueve ese contrato”.
Ley de Inquilinato
Vale aportar que la Ley de Inquilinato es la norma que rige el alquiler de las viviendas en Ecuador. En ese texto se estipula que el plazo mínimo para arrendar el bien inmueble, no debe ser menor a dos años.
Según el artículo 30, entre las causales que da para la terminación de un contrato de arrendamiento está el que los inquilinos no paguen dos meses el alquiler acordado.
Por otro lado, su artículo 18 prohibe el incremento automático de la renta, mientras dure el contrato. Asimismo, si se menciona que esta cláusula de incremento de la renta de manera automática, dentro del contrato de alquiler, es nula y de ningún valor. Ello se basa en el artículo 9 del Código Civil.
Sin embargo, existe una excepción, si el arriendo de la vivienda excede de dos salarios básicos unificados se puede pactar un incremento de la renta dentro del contrato de arrendamiento.