El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, prorrogó este martes por treinta días más el último estado de excepción que decretó en octubre pasado para seis provincias y dos municipios de Ecuador, entre ellos Quito, con el objetivo de continuar el combate contra las bandas del crimen organizado.
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En el decreto suscrito detalla que la renovación por treinta días adicionales incluye a las provincias del Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena y El Oro, además de Quito y Camilo Ponce Enríquez, un enclave minero en Azuay que se disputan bandas criminales.
En el decreto recuerda que el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos.
Los mencionados territorios ya eran parte de un anterior estado de excepción decretado por Noboa que estuvo vigente por tres meses, con la novedad de que se sumó a Quito, por “el incremento de hostilidades, cometimiento de delitos e intensidad de la presencia prolongada de grupos armados organizados”, según el decreto presidencial de octubre.
No hay toque de queda en todo el país
La medida de toque de queda durante el estado de excepción solo se aplicará en los siguientes cantones:
- Camilo Ponce Enríquez en Azuay.
- Durán, Balao y parroquia Tenguel en Guayas .
- Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma y Montalvo, en los Ríos.
- Joya de Los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto, en Orellana.
El toque de queda aplica desde las 22:00 a 05:00, todos los días, incluidos los feriados.
Con las siguientes excepciones
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- Personal de salud pública y privada
- Miembros de la fuerza pública, seguridad privada, de gestión de riesgos y de taneción de emergencias.
- Servicios de emergencia vial.
- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia; ministerios de Gobierno, Interior y Defensa; Snai, Asamblea y cuerpo diplomático.
- Contratistas públicos, personal del sector exportador y del industrial que ejerza labores nocturnas.
- Abogados y personal de medios de comunicación.
- Servidores de sectores estratégicos como energía, recursos no renovables, telecomunicaciones, agua, vialidad, y la infraestructura aeroportuaria y de aviación.
- Personas que deban trasladarse desde y hacia los aeropuertos por vuelos programados.
Dicho estado de excepción fue validado por la Corte Constitucional, si bien anuló varias de las medidas expedidas en ese decreto que suspendían derechos fundamentales como la libertad de reunión en espacios públicos.
También la disposición de movilización de la Policía y de las Fuerzas Armadas contra el crimen organizado, pues el tribunal constitucional recordó que dicha acción puede darse dentro de la normativa ordinaria, sin necesidad de decretar un estado de excepción.
Asimismo, el máximo tribunal de garantías de Ecuador recordó al mandatario que el “conflicto armado interno” que declaró contra el crimen organizado a inicios de año, con el que pasó a denominar a las bandas criminales como grupos terroristas, no es suficiente motivo por sí solo para justificar la serie de estados de excepción que Noboa ha decretado a lo largo del año.
Al respecto, la Corte observó que, en 2024, los ecuatorianos han vivido nueve de los primeros once meses del año bajo estados de excepción dirigidos específicamente a combatir la situación de violencia que atraviesa el país y con suspensiones de derechos.