Luego de la Asamblea Nacional aceptara las reformas penales planteadas por el presidente Daniel Noboa, por el resultado de la Consulta Popular, las penas paras personas implicadas en el crimen organizado y minería ilegal tuvieron ajustes.
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En estos casos se plantearon las penas máximas y el incremento con relación a los artículos vigentes del Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue radical.
Luego de que Noboa revise el proyecto legal y lo remita al Registro Oficial, será publicado y entrará en vigencia.
Esto, solo se podrá aplicar a los delitos que se comentan a partir de ese momento, ya que las reformas no son retroactivas.
Estos son los delitos que se aumentan las penas:
- Terrorismo: Si provoca la muerte de personas. Antes era de 22 a 26 años de cárcel. Ahora será de 26 a 30 años de prisión.
- Delincuencia organizada: antes de 10 a 13 años ahora será de 26 a 30 años de cárcel.
- Asesinato: Cuando hay 10 causales era de 22 a 26 años. Ahora serán de 26 a 30 años.
- Sicariato: En caso de quien ejecute o de la orden. Antes era de 22 a 26 años. Ahora será de 26 a 30 años.
- Trata de personas: Cuando se da la muerte de la víctima la pena era de 22 a 26 años. Ahora será de 26 a 30 años.
- Secuestro extorsivo: Cuando provoca la muerte de la víctima la pena era de 22 a 26 años. Ahora serán de 26 a 30 años.
- Minería ilegal: Si forma parte de delincuencia organizada o grupos armados la pena era de 10 a 13 años y multa de 80 a 120 salarios. Ahora será de 26 a 30 años y multa de 1.000 a 1.500 salarios.