La Fiscalía General del Estado de Ecuador logró ratificar la sentencia condenatoria contra Cristian Diego N. G., Mártires Alberto y Byron Alberto C. O., acusados de femicidio en la muerte de Paola O. mediante sicariato. En audiencia de apelación el 29 de octubre de 2024, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha confirmó la condena a treinta y cuatro años y ocho meses de prisión para los tres implicados, luego de que la fiscal encargada presentara pruebas concluyentes que respaldaron su responsabilidad en el crimen.
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Ratificación y pruebas claves
Durante la audiencia, la Fiscal Especializada en Violencia de Género de Rumiñahui presentó ante la Sala Penal más de cuarenta testimonios y doce pruebas documentales, los cuales desvirtuaron las alegaciones de la defensa. Las evidencias expuestas confirmaron que Cristian Diego N. G., en calidad de autor mediato, y los hermanos C. O., como autores directos, participaron activamente en el asesinato de Paola O., manifestando una relación de poder y violencia física, psicológica y patrimonial hacia la víctima.
La defensa argumentó que los roles de los acusados debían ser reevaluados; sin embargo, la Fiscalía demostró con pruebas como videos de seguridad y rastreo satelital que Cristian Diego N. G. y los hermanos Mártires Alberto y Byron Alberto C. O. coordinaron el crimen, evidenciando una planeación minuciosa y roles específicos para asegurar el resultado fatal.
Detalles del crimen y rol de los implicados
Cristian Diego N. G. efectuó una transferencia de 2.000 dólares para contratar el asesinato de su esposa. Además, las pericias de triangulación telefónica confirmaron su contacto con los hermanos C. O. el 2 de enero de 2023, día del crimen en Sangolquí. Veintiún videos capturaron a los hermanos C. O. ingresando dos veces al local de Paola con el propósito de acabar con su vida, mientras Cristian vigilaba en los exteriores para asegurarse de que la ejecución fuera exitosa.
La Fiscalía también comprobó la activa participación de Mártires Alberto C. O., quien, aunque no ingresó al vehículo donde ocurrió el crimen, dejó sus huellas en el auto. Byron Alberto C. O., por su parte, fue identificado mediante comparaciones fotográficas entre las cámaras de seguridad y el Registro Civil.
Normativa legal y agravantes
El delito de femicidio, tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), tiene una pena base de veintidós a veintiséis años de prisión. Sin embargo, esta fue elevada a treinta y cuatro años y ocho meses debido a las circunstancias agravantes del artículo 47, numerales 2, 5 y 7 del COIP: la promesa de recompensa, la participación de varias personas y el ensañamiento en el acto.