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Planillas de hasta 180 kW no se cobrarán desde noviembre hasta febrero de 2025

Así lo decretó este 30 de octubre, el presidente de la República, Daniel Noboa.

Planillas de hasta 180 kW no se cobrarán en noviembre y diciembre
Planillas de hasta 180 kW no se cobrarán en noviembre y diciembre. Imagen: Presidencia de la República

El presidente de la República, Daniel Noboa, emitió este miércoles 30 de octubre de 2024 el Decreto Ejecutivo No. 442, que reforma el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 384, firmado el 12 de septiembre de 2024.

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Esta reforma establece que el Ministerio de Energía y Minas, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCOTEL), las empresas distribuidoras y otras instituciones involucradas deben analizar y ejecutar las acciones necesarias para que el Estado otorgue una compensación equivalente a 180 kWh al mes en la factura de los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica en todo el país, especialmente durante los meses de noviembre y diciembre de 2024, así como enero y febrero de 2025.

El decreto se emitió conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Servicio Público de Energía Eléctrica. “El excedente de consumo será asumido por el usuario”, señala el documento. Tras su emisión, el Decreto Ejecutivo entró en vigencia inmediatamente.

Noboa firmó el decreto 442 para reformar el decreto 384, que establecía no cobrar la factura de luz equivalente a 180 kilovatios por hora durante los meses de diciembre, enero y febrero.

Con esta nueva normativa, se extiende la compensación a cuatro meses: noviembre, diciembre, enero y febrero. La medida se toma en un momento crítico, en el que los ecuatorianos enfrentan hasta 14 horas de apagones diarios.

Planillas de hasta 180 kW no se cobrarán hasta febrero de 2025
Planillas de hasta 180 kW no se cobrarán hasta febrero de 2025. Imagen: captura de pantalla

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