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Así debe operar el sector privado en el feriado eléctrico del próximo 31 de octubre

La suspensión de la jornada laboral aplica de manera obligatoria tanto para el sector público como para el sector privado.

Así debe operar el sector privado en el feriado del próximo 31 de octubre
Así debe operar el sector privado en el feriado del próximo 31 de octubre. Imagen referencial: Getty Images (ljubaphoto/Getty Images)

El Ministerio del Trabajo de Ecuador anunció que, en cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nro. 438, emitido el 25 de octubre de 2024 por el Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, se suspenderá la jornada laboral en todo el territorio nacional el 31 de octubre de 2024. Esta disposición será de carácter obligatorio tanto para el sector público como para el sector privado.

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Disposiciones para el sector privado

En el sector privado, la recuperación de la jornada laboral se llevará a cabo bajo criterio discrecional, garantizando el respeto a los derechos laborales. Asimismo, se sugiere que las empresas mantengan operativas aquellas actividades que, por su naturaleza o impacto social, no puedan ser suspendidas.

Este anuncio del Ministerio del Trabajo establece pautas claras para el feriado del 31 de octubre de 2024, asegurando que las medidas se apliquen de manera ordenada y que se respeten los derechos laborales en ambos sectores.

Disposiciones para el sector público

En su comunicado, el Ministerio aclaró que, para el sector público, la jornada laboral suspendida será recuperada en una fecha que se anunciará oportunamente.

Aquí el comunicado:

Suspensión de la jornada laboral del próximo jueves 31 será obligatoria para el sector público y privado
Suspensión de la jornada laboral del próximo jueves 31 será obligatoria para el sector público y privado. Imagen: Ministerio del Trabajo

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