Mientras unidades del Distrito de Policía Manuela Sáenz realizaban un operativo antidelincuencial en el sector Itchimbía, en el centro de Quito, un vehículo de color azul aceleró para evadir el control de los uniformados.
PUBLICIDAD
Eran las 18:45 del 21 de octubre de 2024 cuando ocurrieron los hechos. Tras coordinar acciones con otras unidades en la zona, lograron interceptar el automotor, en cuyo interior viajaban cuatro sujetos: tres de nacionalidad ecuatoriana y uno extranjero.
Los sospechosos no tenían antecedentes penales. Sin embargo, al realizar un registro corporal a cada uno de ellos y al vehículo, los agentes encontraron un arma de fuego tipo revólver.
La hipótesis que maneja la Policía es que los sujetos planeaban cometer un acto delictivo, presuntamente un robo.
Además, se hallaron cuatro teléfonos celulares y un arma blanca tipo navaja, por lo que los gendarmes procedieron a aprehenderlos y los pusieron a disposición de las autoridades competentes.
La tenencia y porte de armas están tipificados en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual establece:
“La tenencia consiste en el derecho a la propiedad legal de un arma que puede estar en determinado lugar, dirección particular, domiciliaria o lugar de trabajo, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado. La persona que tenga armas de fuego sin autorización será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año”.
Asimismo, indica: “El porte consiste en llevar consigo o a su alcance un arma permanentemente dentro de una jurisdicción definida, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado. La persona que porte armas de fuego sin autorización será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.