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Gobierno decreta nuevo estado de excepción y ahora se incluye a Quito

Durante 60 días estará vigente el Estado de Excepción en la capital y en otras provincias.

Recorrido de seguridad del equipo de combate de la Primera División de Ejército Shyris, en el sector de la Marín, San Roque, Plaza Grande, Ipiales.
Recorrido de seguridad del equipo de combate de la Primera División de Ejército Shyris, en el sector de la Marín, San Roque, Plaza Grande, Ipiales. (ROLANDO ENRIQUEZ)

El Gobierno Nacional emitió un Decreto Ejecutivo, la mañana de este 3 de octubre, donde declara el estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay, “por grave conmoción interna y conflicto armado interno”.

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Según la autoridad, “esta declaratoria se fundamenta en la situación fáctica descrita en la parte considerativa del presente Decreto Ejecutivo que resalta el incremento de hostilidades, cometimiento de delitos e intensidad de la presencia prolongada de grupos armados organizados en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay”.

La declaratoria de estado de excepción tendrá vigencia de sesenta (60) días.

¿Qué implica el Estado de Excepción?

  • Suspender el derecho a la inviolabilidad de domicilio, en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.

Esto consistirá en la realización de inspecciones, allanamientos, y las requisas correspondientes por parte de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, conducentes a la ubicación, registro de los lugares destinados a ocultarse las personas pertenecientes a los grupos armados organizados, así como la toma física de los materiales, o instrumentos para el cometimiento de delitos, con el fin de desarticular y neutralizar las amenazas en curso o futuras.

  • Suspender el derecho a la inviolabilidad de correspondencia, en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay, el derecho a la inviolabilidad de correspondencia.

La suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia pretende la identificación, análisis y recopilación de mensajes, comunicaciones, cartas o misivas físicas o electrónicas que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier miembro del grupo armado organizado u ocultamiento de alguna conducta ilícita que dan lugar a esta declaratoria.

  • Suspender el derecho a la libertad de reunión, en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.
  • Disponer las requisiciones de bienes a las que haya lugar para mantener soberanía y la integridad del Estado en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.

Toque de Queda

Disponer la restricción de la libertad de tránsito, todos los días, desde las 22h00, hasta las 05h00, en los siguientes cantones y/o parroquias:

Se dispuso la restricción de la libertad de tránsito, todos los días, desde las 22h00, hasta las 05h00, en algunos cantones de Azuay, Guayas, Los Ríos y Orellana.

Cantones con Toque de Queda, desde el 3 de octubre de 2024
Cantones con Toque de Queda, desde el 3 de octubre de 2024 (Cortesía)

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