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¿Cuándo son los controles sancionatorios de velocidad en Quito?

Se aplicarán sanciones a vehículos particulares

Operativo para controlar la velocidad en Quito?
Operativo para controlar la velocidad en Quito? (AMT)

La semana que viene, al ser la última del mes, se vienen dos días de controles sancionatorios de velocidad en Quito. Recordemos que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) implementó un esquema para estos operativos.

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Los dos últimos días de cada mes, los agentes implementarán operativos de control y potencial sanción para autos particulares.

Es así que desde la AMT se confirmó a este diario que el jueves 29 y sábado 31 de agosto se llevarán a cabo controles sancionatorios de velocidad para el transporte público y transporte pesado.

Pese a que estarán enfocados a dicho segmento, si los conductores de vehículos particulares exceden los límites de velocidad recibirán su sanción.

¿Dónde serán los operativos en lo que resta de agosto?

  • Sábado 24: Quitumbe Ñan y Condor Ñan, sentido sur norte, de 17:00 a 18:00).
  • Martes 27: En la Av.Velasco Ibarra y av. Pichincha, sentido sur norte, de 17:00 a 18:00.
  • Jueves 29: Quitumbe Ñan y Condor Ñan, de 17:00 a 18:00.
  • Sábado 31: En la AV. Simón Bolívar, sector El Troje, de 07:00 a 08:00.

Límites de velocidad en vías perimetrales

Vehículos livianos y motos pueden circular a 90 km/h y el transporte público y pesado a 70 km/h en las siguientes vías:

  • Av. Simón Bolívar.
  • Ruta Viva.
  • Panamericana Norte.
  • Av. Mariscal Sucre (Del túnel de San Juan hacia el norte).
  • Collas (Jurisdicción Policia Nacional).
  • General Rumiñahui (Jurisdicción Policia Nacional).
  • Av. Córdova Galarza (Jurisdicción Policia Nacional).

Límites de velocidad en vías urbanas

Vehículos livianos y motos pueden circular a 50 km/h y el transporte público y pesado a 40 km/h en las siguientes vías:

  • Av. Maldonado.
  • Av. Napo
  • Av. Teniente Hugo Ortiz.
  • Av. Quitumbe Ñam.
  • Av. Oswaldo Guayasamín.
  • Av. Galo Plaza Lasso.
  • Av. Eloy Alfaro
  • Av. 6 de Diciembre.
  • Av. 10 de Agosto.
  • Av. De la Prensa.
  • Av. América.
  • Resto de calles y avenidas no perimetrales dentro de Quito.

Sanciones

De acuerdo al artículo 386-1 del Código Integral Penal, conducir fuera del rango moderado corresponderá un salario básico unificado, 3 días de prisión y 10 puntos menos en la licencia.

Y de acuerdo al Art. 389-6, la sanción para quienes excedan el límite de velocidad dentro del rango moderado es un valor equivalente al 30 % del salario básico.

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