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Horarios y lugares de los controles de velocidad en Quito este 17 de agosto

Sepa dónde será el operativo

Este sábado 17 de agosto se realizarán controles preventivos de velocidad y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) dio a conocer los lugares donde llevarán a cabo los operativos de control preventivos de la mañana.

Horarios y lugares

  • 10:00 a 11:00: Av. Galo Plaza Lasso y Luis Tufiño (sentido sur-norte).

De acuerdo a lo que se ha dado a conocer, los agentes de tránsito trabajarán bajo el siguiente esquema:

  • Dos primeras semanas de cada mes: Campañas de socialización, preventivas, y operativos pedagógicos sin sanción.
  • Tercera semana de cada mes: Operativos de control y potencial sanción para el transporte público y transporte pesado.
  • Dos últimos días de cada mes: Operativos de control y potencial sanción para autos particulares.

De acuerdo con las estadísticas de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), del 8 al 11 de agosto de 2024, en la capital se registraron 35 siniestros, 17 lesionados y dos fallecidos.

Límites de velocidad en vías perimetrales

Vehículos livianos y motos pueden circular a 90 km/h y el transporte público y pesado a 70 km/h en las siguientes vías:

  • Av. Simón Bolívar.
  • Ruta Viva.
  • Panamericana Norte.
  • Av. Mariscal Sucre (Del túnel de San Juan hacia el norte).
  • Collas (Jurisdicción Policia Nacional).
  • General Rumiñahui (Jurisdicción Policia Nacional).
  • Av. Córdova Galarza (Jurisdicción Policia Nacional).

Límites de velocidad en vías urbanas

Vehículos livianos y motos pueden circular a 50 km/h y el transporte público y pesado a 40 km/h en las siguientes vías:

  • Av. Maldonado.
  • Av. Napo
  • Av. Teniente Hugo Ortiz.
  • Av. Quitumbe Ñam.
  • Av. Oswaldo Guayasamín.
  • Av. Galo Plaza Lasso.
  • Av. Eloy Alfaro
  • Av. 6 de Diciembre.
  • Av. 10 de Agosto.
  • Av. De la Prensa.
  • Av. América.
  • Resto de calles y avenidas no perimetrales dentro de Quito.

Sanciones

De acuerdo al artículo 386-1 del Código Integral Penal, conducir fuera del rango moderado corresponderá un salario básico unificado, 3 días de prisión y 10 puntos menos en la licencia.

Y de acuerdo al Art. 389-6, la sanción para quienes excedan el límite de velocidad dentro del rango moderado es un valor equivalente al 30 % del salario básico.

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