Noticias

Asamblea Nacional aprobó el incremento de penas en varios delitos

Así quedaría el aumento de las nuevas penas de los delitos en el COIP.

La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad, con 132 votos, el texto definitivo de la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024, una vez transcurrido el plazo de 48 horas otorgado a la Comisión Multipartidista para sistematizar las observaciones recogidas durante el segundo debate.

El legislador Carlos Vera Mora (Partido Social Cristiano), ponente del informe, destacó el compromiso del Parlamento ecuatoriano para entregar a los operadores de justicia y a la ciudadanía, otro instrumento legal para luchar contra la inseguridad y delincuencia en cualquiera de sus formas.

Incremento de delitos en varias penas

El texto final contempla, en lo referente a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), un incremento en las penas en doce delitos:

  • Trata de personas. (13 a 16) aumenta de 16 a 19 años
  • Asesinato. (22 a 26) aumenta de 26 a 30 años.
  • Sicariato. (22 a 26) aumenta de 26 a 30 años.
  • Secuestro extorsivo. (10 a 13) aumenta de 13 a 16 años.
  • Producción y tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. (7 a 10) aumenta de 13 a 16 años.
  • Minería ilegal. (5 a 7 años)
  • Lavado de activos. Si el monto es menor a USD 46 000 de 1 a 3 años.
  • Tráfico de armas de fuego, químicas, nucleares o biológicas. (5 a 7) aumenta de 16 a 19 años.
  • Terrorismo y su financiación. (10 a 13 años) aumenta de 19 a 22 años;

Financiación del terrorismo (7 a 10) aumenta de 22 a 26 años.

  • Delincuencia organizada. ( 7 a 10) aumenta de 22 a 26 años.

El articulado también establece que las personas privadas de la libertad no podrán acceder al régimen abierto y semiabierto, y tipifica el delito de tenencia y porte no autorizado de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, entre tras reformas.

Esta información solo necesita la aceptación de Ejecutivo, para que el presidente de la República, Daniel Noboa de luz verde el Pleno y esté en el registro oficial.

Con relación a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio se establece que la actividad ilícita tendrá relación con los delitos de concusión, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, producción, comercialización o tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tráfico o trata de personas, terrorismo o su financiamiento, asesinato, sicariato, secuestro extorsivo, tráfico de armas, actividad ilícita de recursos mineros y delincuencia organizada.

“Esta normativa es un paso más hacia la construcción de un Ecuador con mejores condiciones de seguridad para todos y todas”, concluyó el legislador.

Síguenos en Google News:Google News

Contenido Patrocinado

Lo Último