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¿Hasta qué monto puedo acceder para un préstamo quirografario y hasta cuántas veces lo puedo pedir?

Preguntas frecuentes sobre los préstamos quirografarios.

El préstamo quirografario es destinado para que los afiliados, jubilados y pensionistas y sujetos de crédito para solventar sus necesidades de consumo. Puedes acceder a uno por un monto igual al valor acumulado en tus Fondos de Reserva y/o Cesantía; y, dependiendo de tu capacidad de pago, podrás solicitar un monto de hasta 80 salarios básicos unificados del trabajador en general (USD 36.800).

¿Cómo aplico para un préstamo quirografario?

Para aplicar a un préstamo quirografario debes ingresar a https://www.biess.fin.ec/, seleccionar Préstamo Quirografario y el subproducto crediticio que te interesa. Luego presionar el botón “solicitar préstamo” e ingresar con su cédula y contraseña.

¿Cuál es el monto máximo?

El monto máximo del préstamo quirografario para los afiliados activos estará en función del valor acumulado de sus fondos de reserva y/o cesantía (se tomará máximo el 95%); y, dependiendo de su capacidad de pago.

En el caso de los jubilados y pensionistas el monto máximo del crédito estará en función de sus pensiones unificadas y no podrá solicitar un monto máximo de hasta 80 salarios básicos unificados.

¿Hasta cuántas veces puedo novar un préstamo quirografario?

  • Afiliados: Hasta tres novaciones por año fiscal
  • Jubilados hasta 88 años: Una sola novación por año fiscal
  • Jubilados mayores a 88 años: No se podrá realizar novaciones

¿Qué requisitos necesito?

  • Acreditar una fuente de re-pago estable, proporcional y compatible con el préstamo solicitado, consistente en el salario y/o remuneración reportado al IESS o la pensión que perciba menos retenciones judiciales si las hubiera.
  • El afiliado podrá solicitar como monto de su Préstamo Quirografario hasta el 95% acumulados en sus fondos de reserva y/o cesantía.
  • Encontrarse al día en sus  obligaciones con el IESS o Biess.

Requisitos de calificación

  • Poseer garantías reales (fondos de reserva y/o cesantías) en el IESS.
  • Tener mínimo 12 aportaciones.
  • Ser un afiliado activo.
  • Su empleador actual no debe pertenecer al seguro social campesino.
  • No tener solicitud de cesantía en trámite.
  • Su(s) empleador(res) no debe(n) estar en mora con el IESS.
  • Tener una cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
  • No constar con registro de fecha de fallecimiento en el IESS.
  • No tener crédito en mora con el IESS o Biess.
  • Si es empleador no tener obligaciones pendientes con el IESS.
  • Validaciones Biess.
  • No tener un crédito hipotecario en trámite.
  • No tener gastos de instrumentación pendientes en solicitud de préstamos hipotecarios iniciada y no concluida.
  • No tener comprobante pendiente de pago.
  • No tener créditos quirografarios  en trámite.
  • Tener créditos en liquidación.
  • No tener crédito vigente con el IESS - anterior sistema HOST
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