El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 83 votos, la Ley para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, calificada como urgente en materia económica, que plantea una serie de medidas tributarias y económicas para fortalecer las actividades turísticas a nivel nacional. Tras ser la quinta ley aprobada, el presidente de la República, Daniel Noboa, se pronunció por medio de un video desde sus cuentas oficiales.
“Ecuatorianos, estoy muy contento porque hemos cumplido con nuestra agenda Legislativa. Hoy se votó por la quinta ley económica urgente que le va a dar empleo a muchos jóvenes y la economía de zonas que hoy tanto lo necesitan. También por haber impulsado los asambleístas, para que voten en mayoría por esta ley. Gracias también a los viejos políticos por ser tan obvios. Ahora sí, vamos a farrear”, expresó el primer mandatario.
La iniciativa permite a los establecimientos de alojamiento y guías turísticos obtener una autorización para ofrecer servicios de transporte por cuenta propia, previa presentación de su Registro Nacional de Turismo vigente, siempre y cuando no se utilice para realizar transporte público o comercial. La ley generó un amplio debate en el que participaron 14 parlamentarios, quienes manifestaron su apoyo a la ley mencionando que el turismo es el sector más afectado en cualquier circunstancia de conmoción nacional, por lo que es el momento indicado para fortalecerlo devolviéndole la competitividad.
Valentina Centeno, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, y asambleísta del oficiales, dijo que “impulsar el turismo es impulsar la productividad y el desarrollo transversal del Ecuador, con alivios económicos que permitan a miles de ecuatorianos, inmersos en los distintos sectores del turismo, solucionar sus problemas económicos”.
Explicó que el proyecto busca la reducción al 8 % del impuesto al valor agregado (IVA), en las actividades turísticas contempladas en la Ley de Turismo. “Esta reducción será aplicable a los feriados nacionales o locales y los días sábados y domingos que los preceden, sin superar los 12 días en el año”, resaltó.