El Servicio de Rentas informó que mediante Decreto Ejecutivo N. 198 emitido este viernes 15 de marzo de 2024, dispuso la modificación de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 13% al 15% en 2024. De acuerdo a la cartera de Estado, la decisión se basó en la recomendación y el dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas.
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Es decir que desde el 1 de abril del año en curso se aplica el 15% del IVA. “Esta decisión se toma considerando que es importante emprender acciones económicas responsables para enfrentar el conflicto armado interno y garantizar los ingresos que coadyuven a la sostenibilidad de las finanzas públicas; así como la estabilidad fiscal”, señaló el comunicado en la cartera de Estado.
El alza de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a 15% es lo que más preocupa a los ciudadanos de la Ley para enfrentar el conflicto armado interno, la cual ya está en el Registro Oficial. Quiere decir que ese cuerpo legal ya se encontraba en vigencia.
En la Ley se dispone el alza de un solo punto en su tarifa (13%). Sin embargo, también permite que el Ejecutivo la eleve hasta tres puntos más (al 15%). Ese caso, si la situación económica lo amerita, con un informe del Ministerio de Finanzas. El mismo presidente Daniel Noboa ya ha confirmado que utilizará esa facultad y que por tanto el IVA subirá a 15%.
No olvidemos que el IVA es un impuesto que se declara mensual. El cobro de esta nueva tarifa se realizará desde el mes siguiente de la publicación de la ley. No obstante, hay productos y servicios dentro y fuera de la canasta básica que sí pagan impuestos y se ajustarían al alza del IVA. Los precios donde no subirá el IVA, serán: arroz, harina, avena, pan, carne, pollo, huevos, leche, embutidos, atún, queso, aceite, frutas, verduras, legumbres, granos, tubérculos.