El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el formulario de proyección de Gastos Personales para este 2024, el cual debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia. Además en este mes se debe presentar el anexo de gastos personales, según el noveno dígito de la cédula. De qué se trata cada trámite, quién lo debe hacer y cómo.
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Metro Ecuador conversó con Mauricio Coronado, Director Nacional de Recaudación y Asistencia al Ciudadano donde respondió varias dudas sobre el proceso y te explicamos siete claves para entender los trámites.
[ Los trámites que debe hacer en febrero en el SRI, ¿para quiénes aplica?Opens in new window ]
¿Qué es la proyección de gastos personales y el anexo?
- Proyección de gastos personales: Lo deben realizar las personas naturales hasta el 29 de febrero. Los contribuyentes en relación de dependencia que ganen más de 991,80 deben presentar a sus empleadores la proyección de los gastos personales en que incurrirán durante el año en curso para establecer la rebaja en su impuesto a la renta.
- Anexo de gastos personales: Según el noveno dígito de la cédula, este documento lo deberán presentar las personas naturales que durante el año al que corresponde la declaración tuvieron ingresos superiores a la base imponible desgravada e hicieron uso de gastos personales.
“El primer paso es presentar la proyección de Gastos Personales en el mes de febrero del 2024. El siguiente año, en febrero de 2025, se deberá realizar su anexo de gastos personales y con esa información pasará directamente a la declaración que se debe presentar en marzo de 2025″, explica Coronado; proceso que se debe aplicar en este año con el anexo de gastos personales del 2023.
Para el período fiscal 2024 se considera como monto máximo para la rebaja de gastos personales el valor menor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta básica de enero 2024 (USD 789,57) y de acuerdo con el número de cargas familiares, según el siguiente detalle
¿Quiénes hacen la proyección?
“Este proceso lo realizan todas aquellas personas que deseen acceder al beneficio de la rebaja por Gastos Personales. Al ser un beneficio, puede o no acceder a esta ventaja tributaria”, explica Mauricio Coronado.
Las personas que están bajo relación de dependencia son los que tendrán que presentar en el mes de febrero esta proyección. Las personas naturales que no están en relación de dependencia, hacen directamente el uso de este rebaja en su declaración de Impuesto la Renta.
“La normativa tributaria para este 2024 tiene una fracción no gravada con impuesto, 11.902.00. Es decir, si yo entre los ingresos, menos los gastos llegó a tener menos (de la cifra mencionada) no estoy obligado a pagar Impuesto a la Renta”, aclara la autoridad.
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Es decir, las personas que superan este monto son aquellas que, de necesitar, pueden acceder a la rebaja de Gastos Personales.
¿Para qué sirve a proyección de Gastos Personales?
Sirve para proyectar cuál será su ingreso, menos sus deducciones y llegar al posible Impuesto a la Renta. Lo que hace el patrono es dividir para 11 meses (porque en enero las personas que están bajo relación de dependencia no se efectuaron retenciones).
¿Por qué es necesario presentar el anexo?
Coronado explica que si no se presenta el anexo, esos valores de los gastos personales no se van a transferir a la declaración de impuestos.
“Entonces, el contribuyente por más que haya presentado la proyección, pero si no presenta el anexo simplemente en la declaración se van a poner en cero los valores de la rebaja de Gastos Personales y pagará un impuesto mayor”.
¿Qué se coloca en los anexos?
“Como ahora estamos en la administración tributaria automática. Todas las facturas se encuentran cargadas en este anexo. Lo que hace el contribuyente es ingresar los datos. Lo primero que debe realizar es ingresar a sus dependientes: Cónyuges, padres e hijos menores de edad y si tiene discapacidad no hay límite de edad. Luego, ya puedo ingresar las facturas, no manualmente por la facturación electrónica. Solo selecciono si la factura es por salud, vivienda, alimentación y selecciono el rubro”, dice la autoridad.
¿Qué pasa si no tengo factura?
“Es tan importante que la gente entiende que cada vez que me voy a un restaurante, a comprar alguna medicina, el arriendo y todos esos gastos, se debe pedir factura, esos documentos me van a servir para presentar este anexo. Si una persona no tiene ni un solo comprobante, tendrá cero facturas y no podrá acceder a este beneficio”.
La factura debe salir a nombre del contribuyente o de los dependientes que tenga registrados.
¿Cómo llenar el formulario?
Se encuentra publicado en la pagina web del SRI. Se proyectará los ingresos del 2024.
“Si tengo un sueldo de 1.500, multiplicaré por 12 y eso lo ubicaré en el casillero de ingresos. Solo voy a tomar los ingresos ordinarios susceptible de pago de impuesto a la renta. No se suman los décimos, ni tengo que restar el aporte personal que hago al IESS”, informa.
Después están los casilleros de vivienda, salud, alimentación, etc. donde se proyectará un aproximado del valor de sus gastos en este año.
Posteriormente, se llenará si es una persona con discapacidad o enfermedad catastrófico Luego si tiene o no cargas familiares. El formulario calculará automáticamente cuál es el valor de la rebaja.