OnlyFans se ha convertido en una plataforma lucrativa para varias personas. Es un modelo de negocio de suscripción para mayores de 18 años que permite a los creadores de contenido aprovechar su potencial, monetizar su contenido y desarrollar conexiones con sus fans.
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[ A esta doctora la despidieron por tener un OnlyFansOpens in new window ]
Se han conocido varios casos de personas que han decidido abrir una cuenta de OnlyFans como una alternativa para tener un “ingreso extra”. En algunos casos les ha resultado tan rentable que dejan sus trabajos anteriores para dedicarse a crear contenido para sus diferentes plataformas.
Pero en otros casos mantienen sus trabajos en diferentes empresas o instituciones y a la par tienen su cuenta OnlyFans. Sin embargo, surge una duda, ¿te pueden despedir por tener una cuenta en la “pagina azul”? Se han conocido casos internacionales de doctoras, enfermeras, profesoras que han sido desvinculadas de sus empleos por este motivo.
¿En Ecuador, te pueden despedir si tienes OnlyFans?
Es importante aclarar que en OnlyFans, el contenido es muy variado, este puede incluir fotos y videos personales hasta tutoriales de cocina, diarios íntimos y más. Aunque hay mucho contenido sensual, erótico y en algunos casos sexual.
En Ecuador no hay una norma específica para este tipo de casos, sin embargo dependerá de los reglamentos internos de cada empresa.
Consultamos a la doctora Solimar Herrera Garcés, abogada laboral y Docente de Derecho Laboral de la Facultad de Jurisprudencia de la UCE.
“Hay dos principios que se contraponen, primero el respeto a la vida privada del trabajador y la libertad que tiene como individuo que la Constitución lo defiende; el otro choca con los derechos que tiene el empleador para que se respeten las normas internas del lugar de trabajo, explica la experta laboral.
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Dentro de las normas de a empresa se debe respetar el reglamento interno, ya que en el contrato de trabajo se van a limitar ciertas libertades, como el uso responsable de la imagen de los empleados.
Es decir, se cometería una falta, si incurre dentro de una conducta “moral” del lugar del trabajo, aunque está la libertad de esa persona de tener sus propias actividades personales.
“Hay que reglar ese tema, ya que queda mucho a la interpretación de lo que cada uno piensa, ¿hasta dónde va la vida privada del trabajador? El problema está cuando dentro de la empresa no tienen claro esa parte. El consejo a los empleadores es que mientras más claro esté el tema del contrato es mejor. Muchas de las empresas no tienen reglamento interno y los empleados no tienen claras las reglas”, explica Herrera.
En el caso que la empresa tuviese un código interno donde te especifican cuidar la imagen, tu lugar de trabajo podría tomar la decisión de despedirte. Si no se firmó nada, en el contrato no se especifica o en el código interno, sería difícil tomar la decisión de despedir sin consecuencias legales por parte del trabajador porque se podrían adjudicar que están atentando con su vida privada.
La experta recalca la importancia que las empresas están la obligación de poner en conocimiento el reglamento y la forma de desarrollo del trabajo. “Cuando entras a trabajar aceptas cumplir con el reglamento. El problema es que cuando nos contratan no sabemos qué vamos a hacer”.