El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto 139 que dispone que las personas extranjeras privadas de libertad y con sentencia emitida en Ecuador puedan ser repatriadas a sus países de origen.
En el documento se dispone al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) que avance con los “procedimientos administrativos necesarios” para la repatriación de extranjeros sentenciados en el país.
En el artículo 1 del Decreto Presidencial indica que el objetivo es que “su sentencia sea ejecutada en el país de origen o nacionalidad”. También señala que debe observarse “lo previsto en la normativa constitucional vigente” y los instrumentos internacionales.
Por su parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Gobierno trabajarán de manera articulada “para cumplir con lo dispuesto”.
El Decreto también añade que no se permitirá la repatriación de colectivos.
La decisión se da en medio de la declaratoria de estado de conflicto armado interno que decretó el presidente Noboa el pasado 9 de enero luego de un estallido de violencia y la toma de un canal de televisión por parte de un grupo delictivo. Otro antecedente fue la fuga de alias Fito, líder de Los Choneros de la Regional de Guayaquil.