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SRI informa que el pago anticipado del Impuesto a la Renta generará intereses a favor hasta el 31 de enero

La institución sustentó esta medida en la reforma del artículo 77 del Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno.

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) dio a conocer que el pago del anticipo voluntario al Impuesto a la Renta de 2023 se puede hacer hasta el 31 de enero de 2024.

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La institución sustentó esta medida en la reforma del artículo 77 del Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno.

“El pago del impuesto podrá anticiparse de forma voluntaria, y será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del impuesto a la renta causado del ejercicio fiscal anterior, menos las retenciones en la fuente efectuadas en dicho ejercicio fiscal”

—  Servicio de Rentas Internas

¿Quiénes deben pagar el anticipo?

  • El pago del impuesto podrá anticiparse de forma voluntaria, y será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del impuesto a la renta causado del ejercicio fiscal anterior.
  • No se contabilizará las retenciones en la fuente efectuadas en dicho ejercicio fiscal.
  • El valor anticipado constituirá crédito tributario para el pago del impuesto a la renta.

¿Cuáles son los plazos?

El pago podrá efectuarse a partir del mes siguiente a la presentación de la declaración de Impuesto a la Renta del ejercicio corriente y hasta el 31 de diciembre de dicho ejercicio fiscal.

Los valores efectivamente pagados serán considerados como crédito tributario para la liquidación del Impuesto a la Renta del respectivo ejercicio fiscal.

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