Los afiliados al IESS, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, pueden extender la protección ante contingencias para sus cónyuges o convivientes e hijos menores de 18 años.
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Tanto con el tipo de afiliación en relación de dependencia como en la afiliación voluntaria, quienes estén dentro del Seguro General Obligatorio, administrado por el IESS, podrán extender la cobertura a su familia (cónyuge, conviviente e hijos) con el pago de la prima del 3.41%.
Los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General y los de incapacidad permanente total de Riesgos del Trabajo, podrán hacerlo con el pago del 4.15% de su pensión o renta mensual.
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El cónyuge o conviviente, así como sus hijos menores de 18 años, tendrán derecho al servicio de atención médica integral:
- Fomento y promoción de la salud
- Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades
- Recuperación y rehabilitación de la salud individual
- Atención prenatal, parto y postparto cuando registre 12 aportaciones consecutivas antes del parto
- Medicinas
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¿Cómo extender la cobertura del IESS a dependientes?
Para el registro de dependientes el asegurado tiene habilitado una nueva opción dentro del sistema de afiliados, la cual puede acceder por: www.iess.gob.ec => Asegurados => Afiliados => Ingresar con el número de cédula y clave personal => Información => Registro de dependientes (s).
Para realizar la solicitud
El afiliado, pensionista o jubilado que desea la cobertura de salud para su dependiente (cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años de pensionistas) ingresará a la página web del IESS con el usuario y clave del afiliado:
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www.iess.gob.ec => Asegurados => Afiliados => Ingresar con el número de cédula y clave personal =>Solicitud Extensión de cobertura
Encontrará en la izquierda el menú Extensión de Cobertura de Salud / Solicitud de Extensión de Salud para Cónyuges/Hijos.