El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) informó que algunos ciudadanos pueden aplicar a rebajas del 50% y exoneración de la tarifa de peajes.
¿Quiénes pueden?
Los usuarios frecuentes y los que habitan en el área de influencia de cada peaje. La vigencia de este beneficio es de dos años y podrá ser renovado previa solicitud y cumpliendo los requisitos determinados por la ley.
Los usuarios frecuentes son quienes realizan actividades económicas o prestan el servicio público de transporte masivo de pasajeros y deben cruzar por la misma estación cinco veces al día, durante cinco días a la semana por un periodo de 30 días.
Requisitos
- Copia de cédula.
- Copia de matrícula.
- Indicar de el o los peajes a cruzar.
Las cooperativas o compañías de transporte de pasajeros deberán presentar, para cada vehículo, el permiso de operación emitido por la autoridad competente con indicación de los socios habilitados.
Los usuarios cercanos, adicional a la copia de cédula y matrícula deben presentar la factura o planilla de pago de un servicio básico, contrato de arrendamiento u otro documento que demuestre el lugar de residencia.
Formulario
Para acceder a este beneficio los usuarios deben descargar el formulario en el portal web del MTOP en el siguiente link: https://www.obraspublicas.gob.ec/formularios-de-solicitud-de-exoneracion-de-servicio-de-peaje/.
También se puede solicitar en cada peaje, llenar los datos, adjuntar los requisitos y presentar la documentación en las oficinas de cada estación.
Este será enviado a la Subsecretaría de Delegaciones de los Servicios del Transporte y Obras Públicas para la respectiva autorización que será emitida de inmediato o en algunos casos en un plazo máximo de 30 días.
Dato
Vale acotar que dicha cartera de Estado tiene a su cargo la rectoría de la Red Vial Estatal del país, de la cual el 18 % de vías están delegadas al sector privado.
Para mantenerlas en óptimos niveles de servicio, la concesionaria cobra una tarifa a los usuarios al cruzar las estaciones de peaje, la cual se determina previa autorización del MTOP, de acuerdo al Art. 15 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Infraestructura Vial del Transporte Terrestre.