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Fiscalía dispuso al Comandante General de la Policía ubicar y detener a Jorge Glas

Se sospecha que el exvicepresidente de la República se encuentra en la embajada de México.

ARCHIVO - El vicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, habla durante una entrevista en su oficina en Quito, Ecuador, el 12 de septiembre de 2017. Un juez de la provincia de Guayas restauró el viernes 9 de junio de 2023 los derechos políticos del exvicepres AP (Dolores Ochoa/AP)

Medios digitales filtraron un documento de la Fiscalía General del Estado emitido al Comandante General de la Policía Nacional, César Zapata, solicitando la ubicación, localización e inmovilización del exvicepresidente de la República, Jorge Glas.

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En el documento se indica que la detención es con el fin de realizar diligencias investigativas, aunque no se señala en que caso específicamente, pero que tendría que ver con un presunto delito de peculado.

En el pedido se específico que sea trasladado a la Fiscalía de Fuero de Corte Nacional, y que no se le espose durante el procedimiento.

Se sospecha que se encuentra en la embajada de México

Cancillería del Ecuador se pronunció al respecto y señaló que hay información de que Glas se encuentre en la embajada de México, por lo que señaló lo siguiente desde su cuenta oficial de X (antes Twitter):

“Ante información de la presencia del señor Jorge Glas en la sede de la Embajada de México, Cancilleria realiza las acciones necesarias con ese Gobierno para que el requerimiento de la Fiscalía General del Estado, respecto del ciudadano ecuatoriano en referencia, pueda cumplirse”.

Asimismo, agregó: “El Ecuador exhorta a las autoridades mexicanas a que inviten al señor Glas a cooperar con las autoridades policiales, y se encuentra expectante de la cooperación que Mexico brinde para tal efecto”.

Fiscalía se pronunció tras filtración de documento

La FGE se pronunció desde sus redes sociales respecto a la información que se hizo pública por medio de redes sociales. La cartera de Estado emitió comunicado donde recordó que de acuerdo al artículo 180 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que “la persona que difunda información de circulación restringida será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

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