La mañana del 11 de septiembre de 2023, Diego Fernando A., estaba con su expareja discutiendo debido al pago de una pensión de alimentos que ella le exigía para solventar los gastos del niño de 11 meses de nacido, que procrearon Karen M. (víctima) y Diego Fernando A., de 22 y 25 años de edad, respectivamente.
Todo esto sucedió en la misma vivienda de la víctima, ubicada en el sector de Guamaní, al sur de Quito. La pelea traspasó el límite de las agresiones verbales. Luego de perder el control, el procesado habría terminado asfixiando a su ex. De acuerdo, al informe de la autopsia se reveló que la joven fue estrangulada.
De acuerdo a la Fiscalía, el involucrado dijo que habría intentado sacar el cadáver de su expareja en un coche para bebé. Para ello envolvió el cuerpo en una cobija y aprovechando la contextura delgada de la joven, logró meterlo en posición fetal.
De todo esto se percató el padre y las hermanas de Karen M. ya que estaban en el mismo departamento ubicado en la misma casa en que habitaban sus hermanas y padres. Era una residencia familiar.
Ellos impidieron que Diego Fernando A. abandone la casa y lo encerraron en el mismo departamento hasta que llegue la Policía.
Tenía antecedentes de violencia
De acuerdo a versiones rendidas por los padres y las hermanas de Karen M. Una de ellas dijo que hubo antecedentes de violencia entre la joven y el procesado.
Fiscalía también citó el informe de inspección ocular técnica, así como la toma de muestras de lo que serían tejidos de piel encontrados en las uñas de la víctima que, presuntamente, corresponderían al procesado. Al parecer, Karen M. rasguñó al supuesto victimario para defenderse.
La Fiscalía lo procesó por su presunta participación en el delito de femicidio. En la audiencia de calificación de flagrancia, un Juez ordenó la prisión preventiva.
La instrucción fiscal tendrá una duración de 30 días.
Delito de femicidio
El delito de femicidio por el cual Fiscalía formuló cargos, está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal, que lo sanciona con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años. La fiscal mencionó que esta causa podría sancionarse considerando las circunstancias agravantes del artículo 142 de la misma norma.