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¿Cuál es la sanción si me encuentran tomando bebidas alcohólicas en ley seca?

Puede ser retenida por la Policía Nacional.

Desde las 00:00 del viernes 18 de agosto inició la ley seca en Ecuador por la jornada electoral que se vivirá este domingo 20 de agosto de 2023. Según el artículo 123 del Código de la Democracia, la ley seca que restringe la distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas 36 horas antes y 12 horas después del día de las elecciones, es decir acabará al mediodía del lunes 21 de agosto.

¿Cuál es la multa?

En caso de que las y los ciudadanos incumplan con la ley seca, la sanción será igual al 50% de un salario básico unificado, que es igual a un valor de USD 225.

Recuerde que si una persona es identificada estar en estado etílico o bebiendo en la vía pública durante las elecciones, puede ser retenida por la Policía Nacional.

Elecciones anticipadas 2023

Las elecciones empezarán el domingo 20 de agosto desde las 07:00 hasta las 17:00. A escala nacional los ecuatorianos recibirán cuatro papeletas, de los siguientes colores: Binomio Presidencial (café claro), Asambleístas Nacionales (morado), Asambleístas Provinciales (celeste) y Consulta Popular del Yasuní (verde). En el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), se adiciona una papeleta bicolor (rosa y morado), correspondiente a la Consulta Popular del Chocó Andino.

Los ciudadanos que no acudan a votar deberán pagar una multa del 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), que corresponde a USD 45.

Multas para los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto

Los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) que no cumplan con su responsabilidad, tendrán una multa  del 15% del SBU, es decir, USD 67,50; y para los MJRV que no participen en las capacitaciones obligatorias, la sanción es del 10% del SBU, equivalente a  USD 45.

Los MJRV que abandonen sin justificación el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales, podrán ser sancionados con multas desde 11 hasta 20 SBU, destitución y-o suspensión de derechos de participación, desde seis meses hasta dos años.

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