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Elecciones 2023: la hora y día que arranca la ley seca y la multa que debes pagar si la incumples

Quedan seis días para que celebren las votaciones donde un nuevo gobernante estará al frente del país hasta 2025.

Elecciones 2023
Desde esta fecha aplicará la ley seca para estas elecciones. Imagen referencial

Las y los ecuatorianos vivirán una nueva jornada electoral este domingo 20 de agosto de 2023. En estos comicios lo ciudadano elegirán un nuevo mandatario que estará en el poder hasta 2025. Esto después de que el presidente de la República, Guillermo Lasso, dictó muerte cruzada el pasado el pasado 17 de mayo. Además, los ciudadanos, aparte de elegir entre ocho candidatos que aspiran llegar a Carondelet, también elegirán a 137 asambleístas y se decidirán sobre la explotación del bloque ITT; en Quito se les preguntará a los ciudadanos sobre el tema de la minería en el Chocó Andino.

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De igual manera, hay ciertos reglamentos que los ciudadanos deben conocer, como por ejemplo la hora y fecha en la que arranca la ley seca y las multas que podrían enfrentar durante el proceso, si la incumplen.

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Las votaciones se darán desde las 07h00 hasta las 17h00. Para participar en estos comicios se debe presentar la cédula o el pasaporte.

Ley seca
La ley seca se debe cumplir 36 horas antes de los comicios. Imagen referencial

Sobre la ley seca

Según contempla el artículo 123 del Código de la Democracia, donde se contemplan varias normas que los ciudadanos deben cumplir, está la ley seca que restringe la venta de bebidas alcohólicas.

Desde las 12h00 del viernes 18 de agosto de 2023, 36 horas antes y 12 horas después, no se permite la distribución, como tampoco el consumo de bebidas alcohólicas.

Multas por incumplir

En caso de que las y los ciudadanos incumplan con este mandato, la sanción será igual al 50% de un salario básico unificado, que es igual a un valor de USD 225.

Ley seca
Si la ciudadanía no cumple con la ley seca, existirá una sanción económica. Imagen referencial

Silencio electoral

Asimismo, los partidos políticos, candidatos y militantes deberán cumplir con el silencio electoral, según indica el artículo 207 del Código de la Democracia donde señala que 48 horas antes de las elecciones y hasta las 17h00, hora final de las votaciones, queda prohibido cualquier tipo de difusión de:

“la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral”.

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