El Índice Global de Derechos ubica a Ecuador entre los 10 peores países por tener leyes regresivas y por la violencia policial contra los huelguistas. La Confederación Sindical Internacional, la más grande del mundo, que cada año califica a los países según su grado de cumplimiento de los derechos laborales colectivos y las violaciones de derechos reconocidos a escala internacional
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Este año Ecuador ingresó a la lista junto a Bangladesh, Belarús, Egipto, Eswatini, Filipinas, Guatemala, Myanmar, Túnez y Turquía.
La organización registra las violaciones a los trabajadores respecto a 97 indicadores derivados de los convenios y jurisprudencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a la que Ecuador está suscrita.
La calificación varía entre 1 y 5 puntos:
- Violaciones esporádicas de los derechos.
- Violaciones repetidas de los derechos.
- Violaciones regulares de los derechos.
- Violaciones sistemáticas de los derechos.
- Derechos no garantizados.
- Este obtiene una calificación de 5+ porque los derechos laborales no están garantizados debido a la ruptura del Estado de derecho, que se deriva de un conflicto interno o una ocupación militar
Sin embargo, aunque Ecuador se ubica en el punto más alto y negativo de la escala de 1 a 5 puntos, también hay otros países de América que tienen la misma calificación como: Brasil, Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Haití y Perú.
El Índice Global de Derechos indica que el derecho laboral colectivo que más se ha vulnerado en la región es el derecho a la huelga. A este le sigue los derechos al registro de sindicatos, a la negociación colectiva, a la afiliación a sindicatos, a la asociación colectiva y el acceso a la justicia.
También se encuentran los arrestos y detenciones, violencia, restricción a la libertad de expresión y reunión; el asesinato de sindicalistas.
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¿Por qué Ecuador está en la lista?
Debido al estado de los derechos laborales colectivos que no ha cambiado y debido al último paro nacional de junio 2022. El reporte recoge que “las protestas masivas en favor de la democracia y los derechos colectivos, convocadas por organizaciones de pueblos indígenas y sindicatos, fueron brutalmente reprimidas y se saldaron con detenciones, heridos y muertos”.
El documento también indica que Ecuador es “sumamente restrictivo” dentro de los derechos de los trabajadores y que hay tres derechos colectivos que se violentan en el país:
El derecho a la libertad sindical presenta:
- Barreras legales al establecimiento de organizaciones.
- Restricciones a formar y afiliarse a organizaciones de propia elección.
- Restricciones a los sindicatos a organizar su administración.
- Categorías de trabajadores a quienes la ley prohíbe o restringe la posibilidad de formar o afiliarse a sindicatos, o de ocupar cargos sindicales.
Derecho a la negociación colectiva tiene:
- Obstáculos legales para el reconocimiento de los agentes de negociación colectiva.
- Restricciones al principio de negociación libre y voluntaria.
- Restricciones o prohibiciones de negociar colectivamente en algunos sectores.
Y el derecho de huelga se ve limitado por:
- Restricciones para ciertos tipos de acción de huelga.
- Disposiciones que socavan el recurso a acciones de huelga o su eficacia.
- Limitaciones o prohibición de hacer huelga en algunos sectores.
El presidente Guillermo Lasso ofreció una reforma laboral que no fue posible debido a las oposiciones de la Asamblea Nacional y los sindicatos. Pese a eso, la Asamblea avanzó en el trámite del proyecto presentado por el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), con el auspicio de Pachakutik.
Sin embargo, tras la muerte cruzada y el cambio de autoridades que será en septiembre de 2023, la ley de reforma laboral se verá estancada más tiempo y la próxima Asamblea no tendrá mucho tiempo para ponerse al día con todos los pendientes.