La Corte Constitucional inadmite las seis demandas de inconstitucionalidad que se presentaron en contra del decreto de muerte cruzada, por lo que la Asamblea Nacional continúa estando disuelta y todos los poderes están a cargo del jefe de Estado, el presidente de la República Guillermo Lasso.
PUBLICIDAD
“El día de hoy, los tres tribunales que conforman la Sala de Admisión de la Corte Constitucional del Ecuador, integrados por las juezas y jueces de este Organismo, emitieron seis autos en los que se analizaron las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto Ejecutivo No. 741 de 17 de mayo del 2023 a través del cual el presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, dispuso la disolución de la Asamblea Nacional en aplicación del artículo 148 de la Constitución. En todos los autos, los tribunales decidieron por unanimidad rechazar las demandas de inconstitucionalidad”, inicia el documento.
Asimismo continúa: “Como consecuencia de la decisión de rechazar las demandas de inconstitucionalidad, también se rechazaron los pedidos de que la Corte adopte medidas cautelares con el fin de suspender provisionalmente los efectos del Decreto impugnado”.
“En los seis autos emitidos se recalca que así como la Corte Constitucional no tiene competencia para pronunciarse respecto de la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el presidente para disolver la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 148 de la Constitución, tampoco la tiene ninguna otra autoridad judicial en el país”.
Hasta la tarde de este jueves 18 de mayo fueron presentadas las últimas demandas que señalaban como inconstitucional el decreto emitido por el Presidente de la República, Guillermo Lasso.
Sin embargo, hace poco la Corte deja sin efecto las diligencia y lo emitido por el Gobierno continúa vigente con el desconocimiento del poder legislativo que hace un día estaba llevando a cabo un juicio político en contra del primer mandatario.