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¿La muerte cruzada en Ecuador puede quedar sin efecto? Asambleístas buscan auxilio en la Corte Constitucional

Parlamentarios socialcristianos han interpuesto una demanda de inconstitucionalidad al decreto de muerte cruzada

Corte Constitucional
Corte Constitucional (METRO ECUADOR)

Muchas son las preguntas que ahora los ciudadanos se hacen ante el decreto de muerte cruzada en Ecuador, por “grave crisis política y conmoción interna”. Una de las tantas es si puede quedar sin efecto, aún cuando ya está publicado el documento en el Registro Oficial. Luego que el presidente Guillermo Lasso dejara sin efecto la Asamblea Nacional, los legisladores socialcristianos acudieron hasta la Corte Constitucional para introducir una demanda de inconstitucionalidad.

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La respuesta es NO. La muerte cruzada en Ecuador -mecanismo que se introdujo en la Constitución de 2008- ya no puede quedar sin efecto. Realmente, los asambleístas que acudieron esta tarde a la Corte a dejar el documento estarían dando “patadas de ahogado”.

Los procesos y los tiempos no dan

El abogado Marco De La Cruz, Experto Parlamentario, plantea un escenario, en el cual, la Corte Constitucional en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad, podría analizar todas las decisiones de los poderes públicos. Sin embargo, no siempre va revisar todo Decreto que emita el Ejecutivo, la Corte solo analiza los decretos cuando son en materia de leyes de urgencia económica, aquellos que declaren estado de excepción o decretos que pretendan la enmienda o reforma constitucional.

“Un escenario posible sería que la Corte Constitucional de oficio decida pronunciarse respecto a la constitucionalidad de este Decreto, a fin de verificar si efectivamente se configura o no, la causal de ‘conmoción interna’ constante en el artículo 148 de la Constitución y en la que el Ejecutivo se ha basado para decretar muerte cruzada”, explicó a METRO ECUADOR

Otro escenario

Por el contrario, otro escenario, posible pero poco realista, es que la Corte realice un control de constitucionalidad del decreto de muerte cruzada, en atención a una demanda de inconstitucionalidad presentada, misma que deberá regirse al debido proceso establecido en el artículo 77 y siguientes de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

“Si luego de este proceso -que podría durar meses- se declara la inconstitucionalidad del Decreto por ‘grave crisis política y conmoción interna’ plateada por el Presidente Lasso, ya esta decisión podría ser extemporánea, pudiendo inclusive haberse ya realizado las nuevas elecciones”, agregó De La Cruz.

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<b>“El Presidente Lasso disfrazó su miedo a perder su cargo y poder, en la ‘conmoción interna’ en que nerviosamente se basó para decretar la muerte cruzada”.</b>

—  Abogado Marco De La Cruz, Experto Parlamentario.

El panorama más probable

La bancada socialcristiana ahora presentó ante la Corte una demanda de inconstitucionalidad con medida cautelar de suspensión de dicho decreto de muerte cruzada. Este trámite ahora debe regirse al debido proceso de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Se trata de una demanda que deberá pasar por todo el debido proceso ordinario detallado de forma seguida a partir del artículo 80 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Entre las etapas a seguir, se contemplan: presentación de la demanda, admisión o rechazo de la demanda, se sortea el juez que conocerá la misma, se solicitarán pruebas e informes técnicos, luego se convoca a una audiencia y posteriormente se estaría emitiendo un dictamen.

Agregó: “Cuando se presume que una ley o decreto es inconstitucional, cualquier persona, individual o colectivamente puede demandarlo ante la Corte Constitucional con el fin que ese organismo atienda el requerimiento”, explicó De La Cruz, al aclarar que este procedimiento no es nada inmediato

Ese trámite podría demorarse en el mejor de los casos dos meses o más. En la actualidad ¿Qué significaría esperar? Con el Decreto de muerte cruzada publicado en el Registro Oficial, la Asamblea ya está disuelta, y ninguna acción planteada surtiría algún efecto inmediato.

<b>“Es muy poco probable y realista, entonces, que se deje sin efecto el decreto de muerte cruzada, sin embargo, ante la coyuntura política que atravesamos, todo escenario es incierto y posible a la vez”.</b>

—  Abogado Marco De La Cruz, Experto Parlamentario.

Patadas de ahogado

<b>“Estas no son más que patadas de ahogado de los exasambleístas, que prácticamente pretenden venderle humo a los ecuatorianos, generando una falsa esperanza, como si esta fuese una solución a los problemas de inseguridad, desempleo y pobreza que atravesamos todos los días los ecuatorianos a consecuencia de la inacción del actual Gobierno”</b>

—  Abogado Marco De La Cruz, Experto Parlamentario.

“Es muy poco probable y realista, entonces, que se deje sin efecto el decreto de muerte cruzada, sin embargo, ante la coyuntura política que atravesamos, todo escenario es incierto y posible a la vez”, cerró el experto.

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