El Pleno de la Asamblea Nacional, el pasado sábado 4 de marzo, aprobó el informe que recomienda que el presidente de la República, Guillermo Lasso, sea llamado a juicio político por la Corte Constitucional para su posible destitución por presuntos actos de corrupción en el caso Encuentro. Por otro lado, el ministro de Gobierno, Henry Cucalón, habló acerca de las posibilidades que tiene el Ejecutivo de usar la medida constitucional denominada muerte cruzada.
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“Es una herramienta que está en la Constitución, no es un capricho, no es un arrebato, tanto así que hasta la Asamblea también lo puede utilizar. El año pasado, entre tantos intentos, unos mejor presentados, unos mejor maquillados con relación por dar terminada el periodo del presidente. La utilizaron y no obtuvieron los votos”, indicó el ministro para Radio Sucre.
“Este instrumento, esa figura, esa institución está ahí y el presidente de la República la puede usar, más no que la va a utilizar. A mi lo que me sorprende es que algunos actores políticos y dirigentes; poco más dicen: ‘el presidente se tiene que ir’. Se abrogan la decisión de todos los ecuatorianos pidiendo la renuncia. Le exigen a la Asamblea que active todos los mecanismos para que terminen el mandato del presidente, pero eso sí le dicen al primer mandatario: ‘usted no puede usar’, si no nos levantamos y hacemos paro”, agregó.
¿Qué es la muerte cruzada?
La Ley de la muerte cruzada en Ecuador figura en el artículo 148 de la Constitución. Esta autoriza al Presidente de la República disolver la Asamblea Nacional -a su juicio- por tres motivos: 1. Arrogación de funciones que no le competan constitucionalmente. 2. Si obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo. 3. Por una grave crisis política y conmoción interna.
Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años de su mandato.