El caso de desaparición de María Belén Bernal tiene solo un detenido. Joselyn S. está con prisión preventiva por la presunta desaparición involuntaria de la abogada. Según se conoció, la cadete de 24 años fue recluida en el Centro de Privación de Libertad Pichincha N°3, una cárcel de mujeres, situada en Quitumbe, sur de Quito. De acuerdo a las primeras versiones, ingresó a esta cárcel a las 22:50 del 17 de septiembre del 2022.
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Además de la prisión preventiva, la Magistrada aceptó las medidas de protección solicitadas por Fiscalía a favor de los padres y el hijo de María Belén, ‘prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros’.
En su versión agregó que Joselyn S. le pidió que borre dichas conversaciones, al enterarse de la desaparición de María Belén Bernal. De acuerdo con el informe del reconocimiento del lugar de los hechos efectuado a la habitación asignada a Germán Cáceres, dio como conclusión que trata de una escena cerrada y manipulada.
Mientras que el informe técnico pericial de inspección practicado al vehículo que Germán Cáceres utilizó para salir de la Escuela Superior de Policía la madrugada del domingo, arrojó un resultado positivo a una prueba de luminol, así como el análisis de comunicaciones entrantes y salientes mantenidas entre la procesada Joselyn S. y el teniente.
[ La sanción que tendrán los policías involucrados en caso María Belén BernalOpens in new window ]
De acuerdo con la versión de la cadete, María Belén y Germán discutían esa noche. Hasta dijo que escuchó gritos de auxilio. “Dijo que se escuchó pedidos de auxilio, gritos, golpes y después un silencio rotundo; el cual nos tiene a todos en zozobra”, expresó a RTU Galo Quiñónez, abogado de María Belén Bernal.
Asimismo, la Fiscalía convocó a varios cadetes y uniformados a que rindan su versión libre y voluntaria. Aunque los hallazgos fiscales son reservados debido a que se encuentran realizando las investigaciones, en redes sociales han circulado extractos de las declaraciones.
Otra versión señala que una persona se había acercado a reclamar a esa habitación por el ruido y notó la ausencia de las sábanas de la cama de Germán Cáceres. Además, otro cadete había visto a Cáceres subir a un auto.
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De 7 a 10 años de cárcel
La de desaparición involuntaria, delito por el cual se la proceso a la cadete, está tipificada en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
“La persona que prive de la libertad, retenga, arrebate, desaparezca, traslade a lugar distinto a una o más personas, en contra de su voluntad y niegue información de su paradero o destino, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años”. Dice el instrumento legal.
Sin embargo, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Si la privación de libertad de la víctima se prolonga por más de ocho días.
- Si la víctima es una persona menor de dieciocho años, mayor de sesenta y cinco años, mujer embarazada, persona con discapacidad o que padezca enfermedades que comprometan su vida.
- Si se comete con apoderamiento de nave o aeronave, vehículos o cualquier otro transporte.
- Si se comete total o parcialmente desde el extranjero.
- Si se comete por personas que tengan algún tipo de relación familiar o de poder o autoridad sobre la víctima, tales como: docentes, ministras o ministros de culto, personal de salud o personas responsables en la atención del cuidado del paciente; o por cualquier otra clase de profesional o técnico que haya abusado de su posición, función o cargo para cometer la infracción.
- Si la víctima ha sido sometida a violencia física, sexual o psicológica.
Si se produce la muerte de la víctima, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.