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¿Cómo se calcularía el aporte adicional de 1,13% al IESS que cubriría enfermedades catastróficas?

De momento no se ha definido la creación de ese aporte; mucho menos quién lo pagaría o cómo se distribuiría debido a las discrepancias que existen

De acuerdo con el informe ‘Cálculo de la prima para financiar enfermedades catastróficas, raras o huérfanas’ -elaborado en febrero de 2021 por la Dirección Actuarial, de investigación y Estadística del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), se necesita de una prima o aporte adicional del 1,13% con el objetivo de crear un fondo para atender enfermedades catastróficas que no tienen financiamiento.

Entre ellas están malformaciones congénitas del corazón y valvulopatías cardíacas, todo tipo de cáncer, tumor cerebral, insuficiencia renal crónica y trasplante de órganos: riñón, hígado médula ósea.

Entre 2009 y 2021, el IESS gastó USD 1.782 millones en la atención de enfermedades catastróficas. El dinero fue tomado de los ahorros del fondo de salud, el cual financia las atenciones médicas de jubilados y afiliados. Sin embargo, no está en una buena situación. Solo el año pasado, se destinaron USD 182 millones para cubrir las atenciones.

¿Quién debería costear el aporte?

El artículo 103 de la Ley de Seguridad Social, vigente desde 2001, se refiere a las prestaciones de salud. La afiliación y la aportación obligatoria al Seguro General de Salud Individual y Familiar otorgan derecho a las siguientes prestaciones de salud.

En el literal (f) se indica lo siguiente: “Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública, bajo la modalidad de un fondo solidario financiado con el aporte obligatorio de los afiliados y empleadores y la contribución obligatoria del Estado”

Sobre ello, la Corte Constitucional mediante la “Sentencia No. 679-18-JP/20 y acumulados Derecho a medicamentos de calidad, seguros y eficaces”, de fecha 05 de agosto de 2020, dictaminó:

“288. En cuanto a la responsabilidad financiera del IESS para medicamentos destinados a enfermedades catastróficas, la ley prescribe que se debe crear un fondo solidario con el aporte obligatorio de afiliados, empleadores y del Estado: ‘Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública, bajo la modalidad de un fondo solidario financiado con el aporte obligatorio de los afiliados y empleadores y la contribución obligatoria del Estado’”.

Según el IESS -en respuesta a la Corte Constitucional-la creación de este fondo solidario con el aporte obligatorio de afiliados, empleadores y del Estado es “inaplicable” y que el Estado debe ser quien costee esas atenciones. Entonces se sostiene en lo que dice el artículo 50 de la Constitución, aprobada en 2008:

“El Estado garantizará a toda persona que sufra enfermedades catastróficas o de alta complejidad la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente”.

Pacientes sufren mientras hay diferencias entre el IESS y la Corte

Las diferencias entre la Corte Constitucional y el IESS no se resuelven aún y los afiliados y jubilados con enfermedades catastróficas sufren así como el resto de pacientes por la falta de medicinas.

A inicios de agosto, la Defensoría del Pueblo convocó a “mesa de diálogo” entre entidades del Estado y las asociaciones de personas con enfermedades catastróficas. De acuerdo con un comunicado, el objetivo es avanzar hacia una “solución emergente” al desabastecimiento de los medicamentos necesarios para el tratamiento de estas dolencias.

“Los pacientes con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas enfrentan una grave problemática por el desabastecimiento de los fármacos que requieren (...)”, señala la misiva.

El IESS ha indicado que le ha hecho frente a la escasez de medicinas en los hospitales y centros de salud del instituto. Hasta junio de este año era de 45% en junio de 2022. Entonces pretenden llegar a un 80% hasta finales de 2022.

¿Cómo se calcularía este aporte adicional?

En el sitio oficial del IESS se explica que al afiliado  le corresponde entregar un aporte al IESS del 9,45% de su sueldo. Mientras que al empleador, el 11,15% del salario del trabajador. Es decir, la tasa de aporte es de 20,6%. Entonces haga su cálculo en caso que se de paso al aporte adicional de 1,13%:

Si usted gana salario mínimo (a la fecha es de USD 425), entonces el 20,6% de aporte al IESS es de USD 87,55. De esa cantidad USD 40,16 (9,45%) le corresponde cancelar al afiliado. Y USD 47,38 (11,15%) al empleador.

Si se le suma esa prima o aporte adicional del 1,13% al IESS que cubriría enfermedades catastróficas daría un total de USD 4,80 al mes. Al momento, no está definida la creación del mismo ni mucho menos se ha definido quién lo pagaría o cómo se distribuiría.

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