El segundo feriado de mayo es por la conmemoración de la Batalla de Pichincha. Aunque es el martes 24 de este mes, se lo traslada al lunes 23, de acuerdo la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP). Cuando los días feriados de descanso caen martes, se trasladará al día lunes inmediato anterior.
Esto quiere decir que serán tres días de descanso: sábado 21, domingo 22 y lunes 23 de mayo. La fecha festiva conmemora los 200 años de la Batalla de Pichincha ocurrida en 1822, un hito de la Independencia del país.
¿Es recuperable?
Este descanso obligatorio NO es recuperable.
¿Cuánto deben pagarte si trabaja ese día?
Según el artículo 55 del Código del Trabajo se refiere a la remuneración por horas suplementarias y extraordinarias. En el numeral 4 se establece que, la persona que labore en días de descanso, como sábado y domingo, debe pagarse con el 100% de recargo, por ser de carácter extraordinario.
“4. El trabajo que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado 1014 con el ciento por ciento de recargo”. En pocas palabras, cada hora trabajada en día de descanso se paga doble.
¿IVA AL 8%?
Aunque todavía no se ha oficializado si en este feriado se aplicará la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8%, los resultados de esta medida han sido favorables en cuanto a números se refiere.
Recordemos que el Ministerio de Turismo estableció que la medida aplicaba para todos los servicios turísticos, como un mecanismo para la reactivación económica. Una medida pensada en los turistas que se movilizan por el país durante los días de asueto.
“Esta acción ha tenido gran acogida turística que se ha sumado a la reactivación del país”, dice un reciente comunicado de esa cartera de Estado.
Ante algunas denuncias ciudadanas realizadas en redes, el Ministerio exhortó a los establecimientos que están en la lista de los que pueden aplicar el IVA al 8% en los feriados a corregir esa situación.