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Cómo queda el ‘Pico y Placa’ en Quito durante el feriado de Semana Santa

Los turistas también se beneficiarán de la reducción del 8% al IVA

Se vienen tres días de descanso por el feriado de Semana Santa, el cual es nacional y no será recuperable. En estos días de asueto habrá ciertos beneficios para conductores de Quito, en cuanto al ‘Pico y Placa’, así como para viajeros que durante los días 15, 16 y 17 de abril se reducirá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% para e los servicios turísticos.

De acuerdo con la resolución municipal, los sábados, domingos y feriados hay libre circulación vehicular. Es decir, no aplica el ‘Pico y Placa’ el viernes 15, sábado 16 y domingo 17 de abril. sin embargo, ya el lunes 18 de abril se reanuda la medida de restricción co el siguiente horario: En la mañana es de 06:00 hasta las 09:30 y en la tarde de 16:00 a 21:00.

  • Lunes 18 de abril: No circulan vehículos con placas terminadas en 1 y2.
  • Martes 19 de abril: No circulan vehículos con placas terminadas en 3 y 4.
  • Miércoles 20 de abril: No circulan vehículos con placas terminadas en 5 y 6.
  • Jueves 21 de abril: No circulan vehículos con placas terminadas en 7 y 8
  • Viernes 22 de abril: No circulan vehículos con placas terminadas en 9 y 0.

En caso de infringir la normativa, los conductores recibirán la siguiente sanción: 60 dólares (15 % del salario básico unificado –SBU-) por primera vez; 100 dólares (25 % de SBU) por segunda, y 200 dólares (50 % de SBU) por una tercera ocasión.

IVA al 8%

Durante el feriado de Semana Santa se reducirá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% para los servicios turísticos. Así se establece en el Decreto presidencial 339, suscrito en enero de 2022.

Según el documento, se reduce el IVA al 8% por la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, a favor de las personas naturales o sociedades nacionales o extranjeras a nivel nacional.

Será entonces el Servicio de Rentas Internas (SRI) que realizará todas las acciones necesarias para facilitar lo dispuesto por el referido Decreto. Asimismo, los establecimientos que presten los servicios definidos como actividades turísticas emitirán los respectivos comprobantes de venta de conformidad con la tarifa establecida en el documento presidencial.

En ese sentido, el Ministerio de Turismo puso a disposición la lista de más 21.000 negocios turísticos, registrados en el catastro del Ministerio de Turismo y del Servicio de Rentas Internas (SRI). Para la verificación de los establecimientos en el siguiente link.

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