La sanción para los locales comerciales por infracción grave como la de no exigir el carné de vacunación, es la suspensión de la actividad y la clausura del establecimiento hasta por quince días, según el Acuerdo 0069 del Ministerio de Gobierno, que regula los establecimientos de atención al público.
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Desde el pasado 23 de diciembre es obligatorio vacunarse en Ecuador. A partir de ese día también es obligación para los locales comerciales exigir el carné o certificado de vacunación con esquema completo.
Sanción
Segín el artículo 21 numeral 10 de las infracciones graves se refiere a incumplir con una o más medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley y sus reglamentos.
La sanción por infracción grave es la suspensión de la actividad y la clausura del establecimiento.
La variante ómicron del coronavirus ha motivado a los indecisos a reforzar la protección, mientras que la exigencia para vacunarse solicitando el carné en sitios no esenciales también obliga a hacerlo.