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Sobre el plástico de un solo uso: “Tenemos normas y leyes, pero no se cumplen, no se controla y no se sanciona”

Verónica Arias, abogada y catedrática de la USFQ de Derecho Ambiental, explica la problemática en Ecuador con respecto al plástico de un solo uso.

Verónica Arias, abogada y catedrática de la USFQ de Derecho Ambiental, explica la problemática en Ecuador con respecto al plástico de un solo uso.
Verónica Arias, abogada y catedrática de la USFQ de Derecho Ambiental, explica la problemática en Ecuador con respecto al plástico de un solo uso. (Cortesía)

Verónica Arias, abogada y catedrática de la USFQ de Derecho Ambiental, conversó con Metro sobre la utilización del plástico de un solo uso en Ecuador, en el marco del Día Internacional Libre de Bolsas de Plástico, que se celebra este 3 de julio.

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Según la experta, la contaminación por plásticos es una preocupación global. “En las dos últimas decadas, se ha producido más plásticos que en los 200 últimos años”, indicó.

En Ecuador, según nos comenta, “en 2022 se generaron 300 mil toneladas de plásticos, equivalente a que podríamos estar consumiendo una tarjeta de crédito cada semana. Digo ‘consumiendo’, porque cuando el plástico se degrada queda en el suelo, en los cuerpos de agua, siendo consumido por peces y otros animales de mar, llega a nuestra mesa como parte de la cadena alimenticia”.

Plásticos de un solo uso
Plásticos de un solo uso (Cortesía)

Una contaminación real

Arias explica que a nivel global, se está analizando un tratado mundial para la eliminación de los plásticos de un solo uso, es decir, aquel material que se produce y se desecha.

En Ecuador, en 2020 se aprobó la Ley Orgánica para la racionalización, reutilización y reducción de plásticos de un solo uso. Según la normativa, en el Art. 11 se detalla el componente mínimo de plástico que deben tener las bolsas, envases y productos de plástico que se comercializan en territorio nacional. La ley define porcentajes de material reciclado posconsumo que deben cumplir: fundas plásticas de acarreo, recipientes de poliestireno expandido, vasos/tarrinas, cubiertos y botellas PET.

Porcentajes de material reciclado posconsumo que deben cumplir
Porcentajes de material reciclado posconsumo que deben cumplir (LEY ORGÁNICA PARA LA RACIONALIZACIÓN, REUTILIZACIÓN Y REDUCCIÓN DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO)

“En 2024, el 30% del material de cualquier plástico debería integrado material reciclado. Esto no se está cumpliendo. De lo que he investigado, no hay mayores datos. Los productores de plásticos, de las 80 mil toneladas en el mercado, apenas se ha podido recuperar y reciclar el 50%. Esto significa que tenemos plásticos en alcantarillas, en quebradas y océanos”, indica.

Según la experta, no hay mayor control. “La normativa dice que el control sobre el cumplimiento de estos porcentajes está a cargo del Ministerio de Producción y de Ambiente, pero se continúa entregando este tipo de material que no cumple con la ley”.

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Además, señala Arias, que la ley también dispone a los GADs a ser parte de este proceso con Ordenanzas, campañas de comunicación, con mecanismos que mejoren la disposición de plásticos de un solo uso, entre otras acciones que promuevan el objetivo de la Ley, lo cual “no se está haciendo”.

También indica que en 2021 se aprobó la Ley de Economía Circular, donde se señala la responsabilidad extendida del productor. “Significa que el productor o embotelladores deben incorporar material reciclado en sus productos y deben velar porque toda la cadena de producción integre la normativa. Es decir, promover o generar alianzas estratégicas con recicladores de base o industriales, con el afán de generar una dinámica integral de principio a fin, para evitar los problemas de contaminación ambiental que degradan nuestro ecosistema”.

Finalizó diciendo: “Tenemos normas y leyes, pero no se cumplen, no se controla y no se sanciona”.

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