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Conductor de bus atropelló a delincuente en Guayaquil; podría ir a la cárcel

El antisocial que intentó hacer de las suyas con un arma de juguete, murió.

Arma de Juguete Guayaquil
Conductor se enfrentaría a la justicia por frustrar robo en Guayaquil. Imagen: captura de pantalla de Twitter

Conductor de bus atropelló a un delincuente en Guayaquil. El antisocial posterior a que cometió un intento de robo, quiso darse a la fuga. Sin embargo, por la acción del ciudadano que estuvo al volante, fue arrollado y perdió la vida.

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Los hechos sucedieron la mañana de este martes 28 de marzo en la autopista Narcisa de Jesús. Como el delincuente utilizó un arma de juguete, el conductor podría enfrentar una sanción penal.

El ladrón de aproximadamente 20 años de edad habría querido asaltar en la unidad de trasporte, incluido al conductor, por lo que el mismo le lanzó el vehículo cuando este quiso huir.

Una vez que el delincuente quedó en el piso, el conductor se dio a la fuga, dejando en medio de la acera el cuerpo del antisocial y a un lado el arma de plástico.

Delincuente arrollado en Guayaquil
Delincuente fue arrollado por un conductor de bus de Guayaquil, Imagen: captura de pantalla de Twitter

Las autoridades locales explicaron que será tratado como accidente de tránsito debido a que la pistola era de juguete y supuestamente no se cometió el delito.

¿Cuál es la pena que podría enfrentar el conductor?

Los delitos tránsitos están tipificados en los artículos 376, 377, 378 y 379 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), donde se explica lo siguiente:

“Muerte causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan.- La persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas”.

La pena privativa de libertad puede ir desde los 10 a 12 años de cárcel. Sin embargo, si se trata de transporte público como es el caso, además de la sanción prevista en el inciso anterior, el propietario del vehículo y la operadora de transporte serán solidariamente responsables por los daños civiles, sin perjuicio de las acciones administrativas que sean ejecutadas por parte del organismo de transporte competente sobre la operadora.

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