Todavía queda un último feriado en Ecuador. Corresponde a a la festividad de Navidad. Pese a que esa fecha de celebración cae el domingo 25 de diciembre, el descanso se trasladará al lunes 26 del mismo mes.
Así se establece en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo.- Registro Oficial Suplemento 906 de 20 de diciembre del 2016, en la Disposición General Cuarta que establece que: “El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades, mediante decreto ejecutivo expedirá -al menos anualmente- el cronograma de días de descanso obligatorio, incluidos traslados y/o puentes vacacionales”.
La normativa de la Ley establece que si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior, y si es domingo, al lunes siguiente.
Mientras que si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo. Además, los feriados que sean en miércoles o jueves, se trasladarán al viernes de esa semana. Se exceptúan fechas como Carnaval, Navidad y Año Nuevo.
¿Qué pasará con Año Nuevo?
Este 2022 no existirá descanso alguno por Fin de Año. Pues el 31 de diciembre cae un día sábado. Entonces, la reincorporación obligatoria a las actividades es el lunes 2 de enero de 2023.