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Puedes circular con la licencia caducada hasta el 31 de diciembre con estas condiciones

Hasta el 31 de diciembre de 2021 es la vigencia y uso de las licencias que caducaron desde el 1 de enero de 2020.

Hasta el 31 de diciembre de 2021 es la vigencia y uso de las licencias que caducaron desde el 1 de enero de 2020.

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En el contexto de la pandemia ocasionada por el Covid-19 se permitirá la libre circulación de las personas portadoras de licencias caducadas, siempre y cuando cuenten con los siguientes requisitos:

  1. Pago original de la especie
  2. El turno impreso obtenido en la página web de la ANT
  3. La licencia caducada o la denuncia en caso de pérdida o robo

Asimismo, de acuerdo a la Resolución Nº 056, hasta el 31 de diciembre de 2021, tendrán vigencia los documentos que se constituyen como requisitos previos para la obtención por primera vez, renovación y duplicados de licencia de conducir que han caducado y se hayan emitido desde el 1 de enero de 2020.

Requisitos para renovación de licencias no profesionales

  1. Licencia de conducir caducada – Original
  2. Resultado del examen psicosensométrico, original, vigente y aprobado
  3. Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía, en donde conste haber culminado la educación básica
  4. Comprobante de pago – Original

En caso de pérdida/robo presentar la denuncia realizada en el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por Fiscalía.

El examen psicosensométrico tiene una duración de 60 días calendario desde la fecha de emisión.

Debes pagar el valor de multas e infracciones pendientes, caso contrario no podrás realizar el trámite.

Otra información en video

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