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Instituciones educativas deberán informar a padres de familia sobre todos los costos del año lectivo antes de matricularlos

El presidente Guillermo Lasso realizó cambios en el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, a través del Decreto 145, basados en los ejes de libertad, corresponsabilidad, transparencia, autonomía y excelencia.

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Uno de los cambios establece que las instituciones educativas, particular y fiscomisional, deberán garantizar que, previo al proceso de matriculación, las familias tengan conocimiento sobre todos los costos en los que deberán incurrir durante
todo el año lectivo
como costos de matrícula, pensión, recursos educativos, materiales
pedagógicos y editoriales.

TEXTOS ESCOLARES

Según las reformas, aquellos planteles que no reciben textos estatales podrán elegir los que cumplan con el currículo nacional obligatorio, adecuados a su filosofía institucional y al contexto socio económico de sus familias. Anteriormente podían hacerlo, pero debían contar con una «certificación curricular obtenido de la Autoridad Educativa Nacional».

Mientras que, los establecimientos públicos que reciben los textos estatales utilizarán exclusivamente libros entregados por el Ministerio de Educación y no podrán exigir a las familias la compra de textos adicionales.

MODALIDADES EN LA EDUCACIÓN

En cuanto a las modalidades semipresencial y a distancia, la ministra de Educación,
María Brown Pérez, puntualizó que esta posibilidad se extiende desde educación inicial
hasta bachillerato ya que previamente estaban permitidas solo para mayores de 15 años
con escolaridad inconclusa.

DOCENTES

El decreto presidencial señala Se amplía la vigencia de la elegibilidad de los aspirantes a una plaza permanente de 2 a 5 años. Y se ha reducido el tiempo en que se realizan los concursos públicos de oposición y méritos de más de 13 meses a máximo seis.

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