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Provincias en Estado de Excepción deben acogerse a la restricción vehicular que dictamina el COE Nacional

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El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional enfatizó este 2 de abril de 2021 que las provincias donde se ha decretado el Estado de Excepción por 30 días (Azuay, El Oro, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Pichincha y Santo Domingo de los Tsáchilas) deben acogerse a la restricción vehicular que dictamina ese comité nacional.

«No pueden salir decisiones (en las provincias) en contrario a las del COE Nacional»

Ello quiere decir que en las provincias donde se ha decretado el Estado de Excepción, la restricción de circulación vehicular queda de la siguiente manera:

  1. Los vehículos con placa PAR, NO CIRCULARÁN los días: lunes, miércoles y
    viernes
    .
  2. Los vehículos con placa IMPAR NO CIRCULARÁN los días martes, jueves y sábado.
  3. El domingo 04 NO CIRCULARÁN los vehículos con placa PAR.

«En aquellos cantones/provincias que se ha decretado el Estado de Excepción podrán determinar los COE Cantonales si es que toman medidas restrictivas a la circulación vehicular o pueden decidir no tomar una restricción. Si deciden asumir una restricción tienen que cumplir el esquema del COE Nacional. Tienen que regirse a este esquema sin poder usar otro tipo de modelos»

Recordó que los COE Cantonales podrán tomar una decisión con respecto a restringir la circulación vehicular, pero deben acogerse a lo impuesto al COE Nacional «de manera obligatoria».

Sobre la red vial estatal, Martínez señaló que se mantiene lo dispuesto en la resolución del 28 de marzo de 2021. (Puede ver ese documento aquí).

Eso significa que:

  1. El viernes 2 de abril de 2021 no podrán circular los vehículos con placa PAR durante todo el día.
  2. El sábado 3 de abril no podrán circular los vehículos con placa IMPAR todo el día.
  3. El domingo 4 de abril, no podrán circular los vehículos con placa PAR todo el día.

«A partir del lunes 5 de abril, la red vial estatal queda totalmente abierta, no tendrá ningún tipo de restricción vehicular. El transporte público y comercial, puede circular fuera del horario de toque de queda (20:00 a 05:00) los viajes que tengan horarios extendidos, pueden circular sin restricción de horario hasta llegar a su lugar de destino», reiteró Martínez.

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Sobre lo anunciado por el Municipio de Quito esta mañana, relacionado al plan ‘Hoy no circula’ Zapata se pronunció.

<strong>«Precisamente para evitar estas confusiones es que el COE Nacional hoy resuelve que los COE Cantonales que decidan la restricción vehicular tienen sujetarse a esta matriz establecida por el COE Nacional</strong>. <strong>Esta resolución es de carácter obligatorio. Por tanto, Quito en su restricción durante el viernes 2 al viernes 9 de abril debe regirse al modelo del COE Nacional»</strong>

En otros temas:

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Juan Zapata, director del COE Nacional. Juan Zapata, director del COE Nacional.

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